El crimen de Larrabure es de "lesa humanidad" y no prescribe
El crimen de Larrabure es de "lesa humanidad" y no prescribe
Un juez federal de Rosario ratificó la resolución de un fiscal que pedía que el secuestro, las torturas y el crimen del militar no debían prescribir. Es un caso emblemático para determinar que los atentados de los terroristas de los 70 deben ser juzgados
El juez federal Marcelo Martín Bailaque ratificó que el brutal crimen del coronel Argentino del Valle Larrabure en 1975 debía ser considerado de "lesa humanidad" y que por tal motivo no debía prescribir, por lo que la causa seguirá abierta.
El primer pedido para que sea calificado de esta forma había sido hecho por el fiscal general Claudio Palacín, solicitud que había sido denegada por pedido de la Procuración General de la Nación.
De esta forma, el caso pasa a ser emblemático para que los secuestros, atentados, torturas y asesinatos de los terroristas de los violentos años 70 queden abiertos para ser juzgados.
El pedido de Palacín había sido por una presentación hecha por el abogado defensor de la familia de Larrabure, Javier Vigo Leguizamón, en febrero de 2007.
La familia Larrabure considera que "el asesinato fue cometido en el marco de un ataque sistemático a la población civil llevado a cabo por las organizaciones terroristas".
Larrabure hijo incorporó como elemento de análisis la presunta responsabilidad de los Estados argentino y cubano. A criterio de Larrabure, "el Poder Legislativo nacional resultaría responsable por cuanto, el 26 de junio de 1973, amnistió a los guerrilleros sin desarmarlos, suprimió la Cámara Federal en lo Penal y la legislación antiterrorista, dejando en libertad a algunos de los que secuestraron al militar".
Para Larrabure -según indica un comunicado- "la estrategia de los ex guerrilleros estaba centrada en considerar prescriptos sus asesinatos, secuestros y torturas, por tratarse de delitos comunes realizados sin participación estatal".
"Las crónicas parlamentarias prueban que la clase política contribuyó a la tragedia sobreviniente, calificando a quienes habían sido condenados por hechos terroristas, como perseguidos políticos que lucharon por la liberación y contra la dependencia", agrega el comunicado.
Para el fiscal Palacín "el desarrollo de las organizaciones guerrilleras en la Argentina escapa a tipificaciones simplistas; el ERP- PRT no era una fuerza progresista, sino una organización revolucionaria que pretendía instaurar una sociedad marxista inspirada por el faro de la revolución cubana. Desde sus orígenes, consideró que la vía pacífica al socialismo era una imposibilidad, por lo que el cambio social sólo podría llegar a través de una guerra revolucionaria".
El fiscal sostiene que "la violación de los derechos humanos de Larrabure tuvo lugar en ocasión de un conflicto armado, conforme los lineamientos de la jurisprudencia internacional que en la causa Milosevic ha explicado que el concepto de 'conflicto armado' requiere únicamente que existan grupos armados organizados que sean capaces de librar combate y que de hecho lo hagan".
"Sus ataques fueron sistemáticos, pues estuvieron organizados de acuerdo con una política y un plan nítidamente delineados", agrega en tal sentido el comunicado.
De esta forma, tal como son considerados en otras partes del mundo, los crímenes perpetrados por bandas terroristas tampoco podrían prescribir para la Justicia argentina, al menos en este caso.
Finalmente, el juez Bailaque, considerando plenamente vigente el dictamen del Fiscal General Palacín, dispuso remitirle la causa para que designe un nuevo Fiscal para instruir la misma.
El primer pedido para que sea calificado de esta forma había sido hecho por el fiscal general Claudio Palacín, solicitud que había sido denegada por pedido de la Procuración General de la Nación.
De esta forma, el caso pasa a ser emblemático para que los secuestros, atentados, torturas y asesinatos de los terroristas de los violentos años 70 queden abiertos para ser juzgados.
El pedido de Palacín había sido por una presentación hecha por el abogado defensor de la familia de Larrabure, Javier Vigo Leguizamón, en febrero de 2007.
La familia Larrabure considera que "el asesinato fue cometido en el marco de un ataque sistemático a la población civil llevado a cabo por las organizaciones terroristas".
Larrabure hijo incorporó como elemento de análisis la presunta responsabilidad de los Estados argentino y cubano. A criterio de Larrabure, "el Poder Legislativo nacional resultaría responsable por cuanto, el 26 de junio de 1973, amnistió a los guerrilleros sin desarmarlos, suprimió la Cámara Federal en lo Penal y la legislación antiterrorista, dejando en libertad a algunos de los que secuestraron al militar".
Para Larrabure -según indica un comunicado- "la estrategia de los ex guerrilleros estaba centrada en considerar prescriptos sus asesinatos, secuestros y torturas, por tratarse de delitos comunes realizados sin participación estatal".
"Las crónicas parlamentarias prueban que la clase política contribuyó a la tragedia sobreviniente, calificando a quienes habían sido condenados por hechos terroristas, como perseguidos políticos que lucharon por la liberación y contra la dependencia", agrega el comunicado.
Para el fiscal Palacín "el desarrollo de las organizaciones guerrilleras en la Argentina escapa a tipificaciones simplistas; el ERP- PRT no era una fuerza progresista, sino una organización revolucionaria que pretendía instaurar una sociedad marxista inspirada por el faro de la revolución cubana. Desde sus orígenes, consideró que la vía pacífica al socialismo era una imposibilidad, por lo que el cambio social sólo podría llegar a través de una guerra revolucionaria".
El fiscal sostiene que "la violación de los derechos humanos de Larrabure tuvo lugar en ocasión de un conflicto armado, conforme los lineamientos de la jurisprudencia internacional que en la causa Milosevic ha explicado que el concepto de 'conflicto armado' requiere únicamente que existan grupos armados organizados que sean capaces de librar combate y que de hecho lo hagan".
"Sus ataques fueron sistemáticos, pues estuvieron organizados de acuerdo con una política y un plan nítidamente delineados", agrega en tal sentido el comunicado.
De esta forma, tal como son considerados en otras partes del mundo, los crímenes perpetrados por bandas terroristas tampoco podrían prescribir para la Justicia argentina, al menos en este caso.
Finalmente, el juez Bailaque, considerando plenamente vigente el dictamen del Fiscal General Palacín, dispuso remitirle la causa para que designe un nuevo Fiscal para instruir la misma.