ENCÍCLICA “ LIBRETAS” DE S.S. LEÓN XIII.
ENCÍCLICA “ LIBRETAS” DE S.S. LEÓN XIII.
9 ART. Final. “REACAPITULACIÓN, DEDUCCIONES Y CONCLUSIÓN “
[35] Recapitulación
Exposición de las doctrinas LIBERALES.
Y resumiendo brevemente, en gracias de la claridad, todo nuestro discurso, y las consecuencias que de él se derivan, decimos en suma, que absolutamente necesario que el hombre se someta en realidad, íntegra y constantemente a la Voluntad de Dios,
y que sin esta sumisión a Dios y a su divino beneplácito, no es posible entender la libertad humana. Negar esta soberanía de Dios , o rehusar de someterse a ella, no es propio de un espíritu libre, sino de quien abusa de su libertad para su perdición.
Y de esta disposición de ánimo se origina el vicio capital del LIBERALISMO del cual podemos distinguir varias formas, dado que la voluntad puede apartase de la obediencia debida de Dios y a los que de El tienen autoridad, no de una sola manera, sino de muchas maneras y grados. Primeramente, rechazar la suprema soberanía de Dios y negarle toda obediencia en público, y aun en el seno de la vida privada y del hogar, es la más perversa depravación de la libertad y el peor género de LIBERALISMO..A él pueden completamente aplicarse todas las censuras que aquí formulamos.
Síguele inmediatamente la opinión de aquéllos que ciertamente, admiten la necesidad de someterse a Dios, como Autor y Señor del universo, y por cuya providencia todo el mundo , se rige; pero en cuanto a las normas de la fe y de las costumbres que exceden de nuestra naturaleza, y de la autoridad de Dios nos impone, o las rechazan abiertamente, o al menos sostienen que no se les ha de dar importancia alguna, sobre todo en público. Ya hemos visto más arriba cuán grave error es éste y cuán contrario a los principios de la sana lógica. De él dimana, como de su fuente y principio, ese otro error tan pernicioso de la separación de la Iglesia y del Estado ; cuando es evidente que estos dos poderes, aunque diferentes en su misión y por su dignidad, deben más bien coordinar su acción y cambiar entre sí sus buenos oficios.
Esta opinión general, se subdivide en otras dos, Unos, en efecto, sostienen que entre Iglesia y el Estado debe existir una separación radical y absoluta que de suerte que en todo lo concerniente al gobierno de la sociedad humana, en las instituciones, en las costumbres, en las leyes, en los actos oficiales y en la educación de la juventud, no se debe tener en cuenta a la Iglesia más que no existiese; cuando y más permiten a los ciudadanos que en particular y privadamente, si es su voluntad , cumplan con la religión. Contra éstos tiene toda su fuerzas los argumentos con que hemos refutado la teoría de la separación entre la Iglesia y el Estado, siendo además absurdo que mientras ciudadanos respeten a la iglesia, el conjunto de ellos, o sea , el Estado, la desconozca.
Hay otros que no se oponen a la existencia de la Iglesia- lo que por otra parte, sería inútil-, niegan el carácter de sociedad perfecta y de los derechos que como tal le corresponden, como el de dar leyes, juzgar e imponer penas ; y sólo le permiten la facultad de exhortar y de regir a los que voluntariamente se le sometan. Lo que esto sostienen, adulteran por completo la naturaleza de esa sociedad divina y restringen su autoridad, su autoridad, su magisterio y toda su acción ; mientras que la acción y la autoridad del poder civil la exageran hasta el extremo de pretender que la Iglesia de Dios, como cualquier otra sociedad imperfecta, se someta al dominio y a la dependencia del Estado. Para refutar estos errores basta recordar los argumentos que comúnmente se exponen en la Apologética y que Nosotros también hemos mencionado, sobre todo en la encíclica “ INMORTALIS DEI “, de los cuales concluye que por institución divinas a la Iglesia le competen todos los derechos que son propios de toda sociedad legítima, suprema y enteramente perfecta.
Hay muchos que finalmente no aprueban la separación del Iglesia y del estado ; pero son de opinión que la Iglesia debe ceder a las circunstancias y acomodarse a las exigencias que hoy dicta la prudencia para la recta administración de los Estados.. Opinión que ésta ecuánime y recta, si se refiere a un prudente modo de obrar que esté conforme con la verdad y la justicia, a SABER: QUE LA Iglesia, en la esperanza de obtener algún bien importante , se muestra indulgente y ceda a las circunstancias cuanto pueda ceder sin ir en contra la santidad de su misión. Pero no decimos lo mismo acerca de las prácticas y teorías que el cambio de costumbres y un criterio equivocado hayan introducido en contra del derecho.
Nunca será lícito prescindir de la religión, de la verdad o de la justicia ; y habiendo Dios puesto bajo su tutela de la Iglesia ; y habiendo Dios puesto bajo la tutela de la Iglesia estas excelsas y sagradas realidades, nada más absurdo pensar que ella podrá aceptar con disimulo lo falso o lo injusto, o estar de acuerdo con los que persiguen a la religión.
DEDUCCIOENS.
[36] De lo dicho, se concluye que en ninguna manera es lícito pedir, defender u otorgar la libertad ilimitada de pensamiento, de imprenta, de enseñanza o de religión, como otros tantos derechos conferidos al hombre por la naturaleza. Pues si la naturaleza hubiera otorgado tales derechos, sería lícito rechazar las enseñanzas de Dios y no habría trabas que pudiesen ligar la libertad humana.
También se desprende que, que en el caso de haber causa justa, estas libertades podrían tolerarse, aunque con la debida moderación para que no degeneren en licencias o libertinaje. Más allí donde el uso mantiene esas libertades en vigor, los ciudadanos deben servirse de ellas para hacer el bien y para sentir sobre ellas lo mismo que siente la Iglesia ; porque en tanto una libertad es legítima y en cuanto amplía nuestra facultad de practicar el bien ; y fuera de ese caso, jamás.
Cuando se está bajo el peso o bajo la amenaza de una dominación que mantenga a la sociedad bajo el yugo de una violencia injusta o prive a la Iglesia de su Legítima Libertad, entonces será lícito buscar otra organización política, que permita el uso de la libertad. En este caso, lo que se pretende, no es una libertad inmoderada y sin límites, sino un alivio general, en bien de todos los ciudadanos, y con el fin de que allí donde existe plena licencia para los obradores del mal, no se aten las manos a los que sólo pretender practicar el bien.
Tampoco constituye una actitud lícita, el preferir para el Estado una organización de carácter democrático, con tal que se respete la doctrina católica sobre el origen y el ejercicio del poder. La Iglesia Admite todas las formas de gobierno, con tal que, en sí mismas sean aptas para producir el bien de los ciudadanos ; pero exige, conforme as los principios de la razón, que tales instituciones respeten los derechos de todos y, particularmente, los de la Iglesia.
El participar en la gestión de los negocios ,públicos, es loable, siempre que las circunstancias de tiempo y de lugar no aconsejen lo contrario ; más aún, la Iglesia exhorta a todos a que unan sus esfuerzos en pro del bienestar común, y a que cada uno, en cuanto le sea posible, trabaje, por defender, conservar y acrecentar la prosperidad pública.
Tampoco censura la Iglesia al que desea conservar al propio país libre de un yugo extraño o de un tirano, siempre que ello pueda hacerse sin violar la justicia. Finalmente, tampoco se opone a que las ciudades se gobiernen por sus propias leyes y que los ciudadanos gocen de las más altas franquicias para acrecentar sus bienes. Todas las libertades civiles, con tal que hayan mantenido es sus justos límites, han tenido siempre en loa Iglesia su más ardiente defensora. Testimonio de ellos son, particularmente, las ciudades italianas que encontraron bajo el régimen municipal. La prosperidad, la abundancia y la gloria, en tiempos en que la influencia saludable de la Iglesia, sin hallar oposición alguna, penetraba todos los órdenes del cuerpo social.
CONCLUSIONES.
[37]Confiamos Venerables hermanos, que estas enseñanzas inspiradas a un tiempo por la fe y por la razón, que hemos aquí expuesto , cumpliendo los deberes de nuestro ministerio Apostólico, serán útiles para muchos, especialmente si unís vuestros esfuerzos a los Nuestros.
Por lo que Nos toca , elevamos suplicante nuestras miradas a Dios, desde la humildad de nuestro corazón, y ardientemente le pedimos, tenga a bien enviar sobre los hombres los rayos de la sabiduría y de su consejo, para que, en asuntos de tanta importancia, puedan, por la virtud de sus dones, conocer la verdad y conformar según ella, como corresponde, toda su vida pública y privada, en todo tiempo y con inalterable constancia.
Como prende de estas gracias celestiales y en testimonio de nuestra benevolencia, a vosotros, Venerables Hermanos, al Clero y a los fieles que están a vuestro cuidado, os impartimos la Bendición Apostólica, amorosamente en el Señor. Dado en Roma, junto a San Pedro, el 20 de junio de 1888 , el undécimo de nuestro Pontificado.
LEÓN, PAPA, XIII.