TOTALITARISMO DE ESTADO (I)
NOTIVIDA, Año VII, nº 465, 12 de septiembre de 2007
TOTALITARISMO DE ESTADO (I)
Sería inminente la legalización del aborto quirúrgico en Argentina. Lo legalizaría el gobierno Kirchner mediante una resolución de su Ministerio de Salud.
Por Mónica del Río
“la fuente primaria y más profunda de los males que hoy afligen a la sociedad moderna
brota de la negación, del rechazo de una norma universal de rectitud moral,
tanto en la vida privada de los individuos como en la vida política”
(Pío XII, Summi Pontificatus, nº 20)
Genocidio por decreto
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Según reveló Pagina 12 el Ministerio de Salud de la Nación está elaborando una resolución para reglamentar la atención de los abortos “no punibles”. La norma obligaría a las instituciones médicas del sector público, de la seguridad social y de la medicina prepaga. Se permitiría a los profesionales hacer objeción de conciencia, pero toda institución médica tendría que contar con algún profesional que practique abortos. Se ampliarían las causales absolutorias previstas por el Código Penal, con lo que quedaría legalizado el aborto a petición.
El INADI, que preside la abortista María José Lubertino, le había pedido a los ministerios de salud y los poderes legislativos -tanto provinciales como el nacional- la adopción de un “Protocolo para la Atención Sanitaria de Casos de Abortos Legales”. Los primeros en dictar normas al respecto fueron los ministerios de salud de la Capital Federal y la provincia de Buenos Aires, y el Concejo Deliberante de Rosario.
La presión del INADI
El 23 de mayo el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI), que depende del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, presentó su Recomendación General Nº 2, para la no discriminación en “la atención sanitaria de casos de abortos legales y tratamiento postaborto” (Vid Notivida 445). La Recomendación tiene como anexo una “Propuesta de Protocolo para la Atención sanitaria de casos de abortos legales”, que reinterpreta, tergiversa y amplía las causales absolutorias –no hay abortos legales en nuestro país- contempladas por el Código Penal.
El INADI considera “legal” el aborto cuando el embarazo afecta la salud integral de la mujer, vale decir no sólo cuando pone en riesgo su salud física, sino además cuando pueda perjudicar su salud psíquica o social (por ejemplo cuando la gestante tenga magras condiciones económicas, o el embarazo le provoque depresión, o entorpezca su proyecto de vida) lo que equivale a la legalización irrestricta del aborto.
Fundándose en las consideraciones del Plan Nacional contra la Discriminación (aprobado por Dec. N° 1086/2005 del presidente Kirchner) que “afirma que las altas tasas de muerte por aborto son una expresión lamentable de la discriminación de las mujeres de sectores más pobres” el organismo solicita que los centros de salud públicos, privados y de obras sociales realicen abortos. Recordemos que el mismo Gobierno desmiente con las cifras oficiales “las altas tasas de muerte por aborto” que menciona en el Decreto (Vid Notivida 461).
Los hospitales de Capital Federal, provincia de Buenos Aires y Rosario ya estarían practicando abortos
Los abortos se harían sin intervención de la justicia y sin que trasciendan en los medios, aún cuando la mujer violada no sea discapacitada (Página 12, 10/09/2007).
Recordemos que en provincia de Buenos Aires el “Protocolo de aborto no punible” se incluyó en la Resolución 304/2007 que dictó el 29 de enero el Lic. Claudio Mate Rothgerber, Ministro de Salud de la provincia. Resolución que se mantuvo en secreto hasta el 18 de marzo y que nunca se publicó en el Boletín Oficial (Vid Notivida 433).
El 28 de mayo el Ministro de Salud porteño, Alberto De Micheli, dictó la Resolución 1174/07 con la que aprobó el “Procedimiento para la atención profesional de prácticas de aborto no punibles", publicada en el Boletín Oficial de la C.A.B.A. Nº 2707 del 19/06/2007 (Vid Notivida 446).
El 14 de junio el Concejo Deliberante de Rosario aprobó por unanimidad la ordenanza Nº 8186 que crea el “Protocolo de Atención Integral para la Mujer en Casos de Aborto no punible”, aún no publicada (Vid Notivida 452).
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