Denuncian a CFK, Nilda Celia Garré y a 27 Generales
POR TRAICIÓN A LA PATRIA, DISCRIMINACIÓN Y VIOLACIÓN DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PÚBLICO
Denuncian a CFK, Nilda Celia Garré y a 27 Generales
El 29/11/10, el Mayor Tomás Julián PERSICHINI, Oficial e Ingeniero Militar en Comunicaciones, patrocinado por el Dr. Enrique A. PIRAGINI, ha de radicar una denuncia criminal por ante la Cámara Criminal y Correccional Federal, contra la Presidente CRISTINA FERNÁNDEZ DE KIRCHNER, la Ministro de Defensa NILDA CELIA GARRE y 27 Generales integrantes de la Junta de Calificaciones del Ejército Argentino, sus cómplices, partícipes, encubridores e instigadores, por la comisión de los delitos de TRAICIÓN A LA PATRIA, DISCRIMINACIÓN Y VIOLACIÓN DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PUBLICO, al rechazar ascensos a 10 militares por cuanto sus apellidos coinciden con miembros de las fuerzas armadas que actuaron durante la dictadura.
La sistemática persecución hacia el sector militar ha llegado al colmo de excluir de la promoción a familiares de oficiales que actuaron durante la dictadura, proyectando -ilegítimamente- supuestas infamias y responsabilidades a inocentes descendientes que integran la milicia, haciendo abuso de una hipócrita y supuesta defensa de los derechos humanos.
Los funcionarios denunciados resultan responsables por no cumplir con su deber de vigilancia y diligencia, imponiéndose una profunda investigación para determinar sus responsabilidades e identificar a los instigadores de tales atropellos y se pide asumir el rol de querellante, en aras del interés difuso ínsito en la Constitución Nacional. Todo ello con base en la Carta Abierta que con fecha 23/11/10 el denunciante titulara “CRISTINA KIRCHNER: CANDIDATA INDISCUTIDA DEL “MONTO-ERPIANO PERONISMO-K” EN EL 2011, que forma parte de la denuncia.
Su texto es:
DENUNCIA DELITOS DE ACCIÓN PÚBLICA
Excma. Cámara Federal:
Tomás Julián PERSICHINI, por derecho propio y con el patrocinio letrado del Dr. Enrique A. PIRAGINI, abogado inscripto al Tomo 22 Folio 23 del CPACF, constituyendo domicilio procesal en Uruguay 485, p. 3º “R02” (zona 119, 154-159-8401), a V.E. digo:
Vengo a promover esta denuncia contra la Presidente CRISTINA FERNÁNDEZ DE KIRCHNER, la Ministro de Defensa NILDA CELIA GARRE y 27 Generales integrantes de la Junta de Calificaciones del Ejército Argentino, sus cómplices, partícipes, encubridores e instigadores, por la comisión de los delitos de TRAICIÓN A LA PATRIA, DISCRIMINACIÓN Y VIOLACIÓN DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PUBLICO, al rechazar ascensos a 10 militares por cuanto sus apellidos coinciden con miembros de las fuerzas armadas que actuaron durante la dictadura.
La sistemática persecución hacia el sector militar ha llegado al colmo de excluir de la promoción a familiares de oficiales que actuaron durante la dictadura, proyectando -ilegítimamente- supuestas infamias y responsabilidades a inocentes descendientes que integran la milicia, haciendo abuso de una hipócrita y supuesta defensa de los derechos humanos.
Los funcionarios denunciados resultan responsables por no cumplir con su deber de vigilancia y diligencia, imponiéndose una profunda investigación para determinar sus responsabilidades e identificar a los instigadores de tales atropellos y se pide asumir el rol de querellante, en aras del interés difuso ínsito en la Constitución Nacional. Todo ello con base en la Carta Abierta que con fecha 23/11/10 el denunciante titulara “CRISTINA KIRCHNER: CANDIDATA INDISCUTIDA DEL “MONTO-ERPIANO PERONISMO-K” EN EL 2011, que se adjunta y forma parte de esta denuncia (*).-
Proveer de conformidad,
SERA AFIANZAR LA JUSTICIA.
TOMAS JULIÁN PERSICHINI
ENRIQUE A. PIRAGINI
154-159-8401
Abogado CPACF 22-23
(*) CRISTINA KIRCHNER: CANDIDATA INDISCUTIDA DEL “MONTO-ERPIANO PERONISMO-K” EN EL 2011
-INTRODUCCIÓN-
Comenzaremos por definir qué es el “Monto-ERPiano Peronismo-K”.
Monto-ERPiano Peronismo-K. Conjunto de ciudadanos de un supuesto “Peronismo” representado por fingidores (el auténtico jamás pudo ser siquiera imitado), que adhieren a un gobierno nacional electivo de perversa ideología “Montonero-Erpiana”, cuya acción subversiva y terrorista en la década del 70 fue tan apocalíptica, que motivó que el mismísimo constitucional Gobierno Justicialista del Teniente General Don Juan Domingo Perón (fallecido el 1-julio-1974), dispusiera que las Fuerzas Armadas y de Seguridad de la Patria “aniquilaran su accionar” en “todo el territorio del país” por Decreto 2.772 del 6-octubre-1975. Firmado -entre otros- por los Ministros Antonio Federico Cafiero y Carlos Federico Ruckauf, ambos magnos usufructuarios de la infranqueable pantalla protectora que otorgaba el sólo nombre del entonces Coronel que lo creó, parecieran haberse olvidado que lo habían refrendado, así como de haberse olvidado de testimoniar ante los Jueces que esa legalización se debía a que, de triunfar ese subversivo y terrorista “Monto-ERPianismo” en la Argentina, desaparecería el sistema representativo republicano federal de gobierno (Artículo 1º de la Constitución Nacional de 1853/60). Cobardes.
Le cabe al Congreso de la Nación, la responsabilidad de haber prostituido el acceso a los eminentes cargos de Presidente y de Vicepresidente de la Nación, en la ‘rodilla de la cascada’ del II al III Milenio, al birlarle al pueblo su exclusiva y excluyente potestad de elegir ambos cargos. El castigo constitucional e institucional no fue menor: a partir del 25-mayo-2003, la subversión y terrorismo derrotado militarmente, accedió delictivamente, contra derecho, a la administración del Estado Nacional, y pretende perpetuarse sine die, por vía de Cristina Elisabet Fernández de Kirchner, por fas o por nefás.
La primera acción del falso ‘Comandante en Jefe de todas las fuerzas armadas de la Nación (art. 99 inc. 12 de la CN de 1994)’ en mayo-2003 -su fallecido esposo Néstor Carlos Kirchner-, residió en descabezar a los máximos Altos Mandos del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, demostrando con esa salvajada, la línea política de “autocrático despotismo” que implementaría conforme su ‘megalomática, paranoica y perversa’ personalidad (según calificados psicólogos), en vernácula versión de los humillantes regímenes políticos vigentes en Cuba y en Venezuela. Para el imprescindible y eficaz desbaratamiento del Ejército, designó como Jefe del Estado Mayor General, al General de Brigada Roberto Fernando Bendini, un anodino ex Comandante de la Brigada Mecanizada XI con sede en Río Gallegos, incriminado en un expediente penal en el Juzgado Federal de esa jurisdicción por una causa vergonzante, que se mantendría sin tramitación mientras ejerciera tal superlativo mando en servil condición.
El accionar de Néstor Kirchner y de Cristina Kirchner, bien puede explicarse con cuatro (4) conceptuaciones; las tres primeras, a cual más amoral:
1. del dicente: “Cambiar la observancia de las Tablas de la Ley, por la adoración del Becerro de Oro.”
2. de Filippo II Rey de Macedonia (382 a.C-336 a.C) y padre de Alejandro Magno: “Son expugnables todas las fortalezas adonde pudiera subir un burro cargado de oro”.
3. de Nicolás Maquiavelo (1469-1527), de “El Príncipe”: “Cuando está en juego la salvación total de nuestra política, no puede entrometerse ninguna distinción sobre la calidad de lo justo y lo injusto; de lo piadoso y de lo cruel; de lo encomiable y de lo vergonzoso.”
4. de Charles-Louis de Secondat, Baron de la Brède et de Montesquieu (1689-1755): “El peor déspota, no es el que viola la ley, sino el que la hace a su anteojo.”; esta última, hecha pública sin un mínimum de pudicia por el propio Congreso, en cada oportunidad que un proyecto de ley originado en el Ejecutivo nacional, es enviado con la exigencia de ser sancionado “sin cambiar una coma siquiera”.
A lo único que podría conducir una administración nacional de este tipo, es a la descomposición sistemática de las instituciones de la República, y con ello, el desbaratamiento del “Orden Público”, “que es aquella parte del orden jurídico que asegura los fines de la sociedad”.
Así, se llegó al extremo de que, los 331 funcionarios públicos electivos nacionales (1 Presidente y 1 Vicepresidente de la Nación; 72 senadores nacionales y 257 diputados nacionales) asumieran sus cargos ilegalmente, en elecciones regidas por el Decreto 292 expedido el 6-abril-2005 por Néstor Kirchner, conformando “listas únicas de candidatos” seleccionados “a dedo” por los respectivos caudillos o capillas de los partidos o alianzas políticas, en vez de legalmente, en elecciones regidas por la Constitución Nacional, el Código Electoral Nacional y la Ley Orgánica de los Partidos Políticos.
El respaldo del Poder Judicial de la Nación, ante todo uso y/o abuso gubernamental, fue instrumentado ab initio de la gestión eliminando de la Corte Suprema de Justicia de la Nación la denominada “mayoría automática Menemista” e instalando en su lugar una “mayoría automática Kirchnerista” compuesta de cinco Jueces, de los cuales tres jamás debieron componerla, y dos habrán de pagar el tributo de la concomitancia.
Fallaron violando garantías constitucionales que debieron mantener intangibles contra viento y marea, al declarar “delitos de lesa humanidad” e “imprescriptibles” a las acciones operadas por las Fuerzas Armadas, de Seguridad, Policiales y Penitenciarias, contra la beligerante subversión y terrorismo que asolaba a la Patria, delitos que nunca lo fueron ni nacional, ni internacionalmente, presionando además a los Jueces intervinientes a un espectáculo de juzgamiento cuyo resultado ya había sido anticipado por el filósofo Lucio Anneo Séneca (4 a.C.-65.d.C): “Nadie resulta inocente, cuando su adversario es el Juez.”; sin medir que, en tanto se deterioraren las Fuerzas Armadas de una Nación, en similar cuantía se deterioraría la Nación misma.
El país es un desorden completo, de imposible restablecimiento con los personajes que lo han gobernado y que lo han convertido en un inmenso lupanar de 2.800.000 km2, donde lo que menos existe es conciencia de Patria, de nacionalidad; donde se han invertido las jerarquías; donde a las basuras humanas se las ha privilegiado en detrimento del “Padre de la Patria”, de nuestras raíces occidentales; de quienes han poblado nuestras inmensidades aún vacías; donde se ha renegado de nuestras fechas históricas; etc., etc., y donde el personal militar ha permitido el manoseo por bastardos del sagrado “honor militar”: verdaderos constitucionales “traidores”.
No hay que llamarse a engaño: sí, lo son.
La Constitución Nacional de 1853/60 en su Artículo 100, y la Constitución Nacional de 1994 en su Artículo119, establecen clara y contundentemente:
«La traición contra la Nación consistirá únicamente en tomar las armas contra ella, o en unirse a sus enemigos prestándoles ayuda y socorro. El Congreso fijará por una ley especial la pena por este delito; pero ella no pasará de la persona del delincuente, ni la infamia del reo se transmitirá a sus parientes de cualquier grado.»
El matutino LA NACIÓN en su edición impresa del viernes 19-noviembre-2010 publicó la crónica “Frenan el ascenso a diez militares por sus apellidos – El Ejército excluyó de la promoción a familiares de oficiales que actuaron durante la dictadura”, y el diario digital PERFIL.com del viernes 19-noviembre-2010 de las 09:08 hs. publicó la crónica “Rechazan ascensos a militares por sus apellidos. Una junta de calificaciones impidió un cambio de rango. La mayoría de los oficiales son familiares de ex militares que actuaron en la dictadura.”
Cabe destacar, que el art. 100 y el art. 103 de la CN de 1994 expresan textualmente:
«Artículo 100 - El jefe de gabinete de ministros y los demás ministros secretarios…
Artículo 103 - Los ministros no pueden por sí solos, en ningún caso, tomar resoluciones, a excepción de lo concerniente al régimen económico y administrativo de sus respectivos departamentos.»
Queda claro que la “Ministra Secretaria” de Defensa Nilda Celia Garré, carece de entidad constitucional para determinar los ascensos del personal militar, por ser “Secretaria”, o sea, una “delegada” de quien ejerce la Presidencia de la Nación en el área de la Defensa Nacional. De forma tal, que, quien ha aprobado y dispuesto el pase a situación de retiro de esos diez (10) oficiales superiores, ha sido la propia Cristina Kirchner.
Ahora bien: la Ministra Secretaria Nilda Celia Garré, por haber integrado y poseer sólidos antecedentes en el ámbito de la subversión y terrorismo de la década del 70, actuó conforme a las reglas de la guerra que se libró, en representación del “enemigo” derrotado militarmente por las Fuerzas Armadas , Fuerzas de Seguridad y demás Fuerzas adscriptas.
Que una Junta de Calificaciones del Ejército Argentino compuesta de 29 Generales, en nombre de una “política de la fuerza”, haya votado de forma que 27 Generales estuvieran de acuerdo con la terminación de diez (10) carreras, por tener algún grado de parentesco con quien hubo combatido en esa época, prueba claramente que cometieron el delito de traición.
¿Qué otra acción que las de una “Quinta columna” conformaron esos 27 Generales?
Quinta columna. Grupo organizado que en un país en guerra actúa clandestinamente a favor del enemigo. (Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia Española, Edición 2001)
En este caso es peor aún, es esquizofrénico, por cuanto esos 27 Generales “actuaron” “a favor del enemigo” (los beligerantes subversivos y terroristas), dado que, para con los propios camaradas que los combatieron, que fueron y seguirán siendo prevaricados, y SIN ser para nada “infames”, no tuvieron empacho en «transmitir a sus parientes de cualquier grado» la pena por el delito de traición, es decir, a los diez (10) Generales agraviados. Una irracionalidad superlativa que debe tener su correspondiente merecido, o las Tres Parcas de la Democracia, la Triple A de la Arbitrariedad-Autoritarismo-
Con este ejemplo: ¿Qué lealtad puede esperar un oficial de un superior jerárquico?
Evidentemente, en la Argentina, no sólo hay que restablecer el orden constitucional.
A la Argentina hay que “RECONSTRUIRLA”, para lo cual procede descartar a la totalidad de las dirigencias ya conocidas.
Destinatarios de esta Carta Abierta, por e-mail, entre otros:
- Autoridades eclesiásticas.
- Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación: Dr. Ricardo Luis Lorenzetti, con petición de enterar a los señores Jueces: Dra. Carmen María Argibay, Dr. Carlos Santiago Fayt, Dra. Elena Inés Highton de Nolasco, Dr. Juan Carlos Maqueda, Dr. Enrique Santiago Petracchi y doctor Eugenio Raúl Zaffaroni; Procurador General de la Nación: Dr. Esteban Justo Antonio Righi; Defensor del Pueblo de la Nación, Dr. Anselmo Sella.
- Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional; Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires.
- ADEPA; La Nación; Clarín; Diario Perfil; Informador Público; Hoy Corrientes; Periodismo de Verdad.
- Julio Saguier; José Claudio Escribano; Mariano Grondona; Joaquín Morales Solá; Roberto Cachanosky; Nelson Castro; Carlos Manuel Acuña.
Buenos Aires, 23 de noviembre de 2010
Ing. Tomás Julián Persichini
El autor es ex Profesor Ordinario Titular, Consejero Académico Titular de Facultad Regional y Rector (con atribuciones de Consejo Académico Superior), de la Universidad Tecnológica Nacional. Analista histórico-político de la realidad nacional.
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“Todo juicio moral sólido opera sobre la base de que los criterios que se aplican a una de las partes de una relación deben aplicarse a todas las demás partes. No es aceptable que ciertos actos de la parte a la que no se desea favorecer sean tachados de ^sucios crímenes^ si actos similares de la parte a la que se quiere favorecer se excusan u olvidan. El doble rasero moral es repugnante”
(Norman Davies, “Europa en Guerra”. Planeta. 2008)
¿Es así en nuestro país con los juicios a militares y policías e indemnizaciones a guerrilleros?