lunes, abril 28, 2008

ENTRE RÍOS: REFORMA CONSTITUCIONAL

NOTIVIDA, Año VIII, nº 506, 26 de abril de 2008

ENTRE RÍOS: REFORMA CONSTITUCIONAL

En mayo de 2007 el Congreso entrerriano sancionó la Ley Nº 9.768, que declaró la necesidad de la reforma parcial de la Constitución provincial. La norma especifica los artículos que no se pueden modificar, y enumera también los temas habilitados.

Los convencionales -elegidos el 28 de octubre- son 45: 23 del Frente para la Victoria; nueve de la UCR; ocho de la Coalición Cívica-Partido Socialista; cuatro de la Alianza Viva Entre Ríos y uno de Recrear PRO.

La convención constituyente delibera en Paraná desde el 22 de enero y por un plazo de 120 días corridos, según la ley de Necesidad de la Reforma, pudiendo prorrogar fundadamente ese plazo por un año (art. 223 de la Constitución provincial vigente).

Temas particularmente preocupantes

CULTURA DE LA VIDA

los jueves de 16 a 17 hs

En Buenos Aires FM 97.9
Radio Cultura

en San Luis LRJ 409
Ave María FM

en Sta.Fe FM 92.1
Radio Ciudad

en Rosario AM 1100
Radio Libertad

en L.de Zamora AM 1500

Radio Bonaerense

Escuche los programas del 17/04/08 y 24/04/08

Entre los temas que Ley Nº 9.768 habilita están “los principios de equidad de género y de no discriminación" y “los derechos de las mujeres” (art. 1º inc 19 y 20). Lo que puede dar pie, por ejemplo, a que los “derechos sexuales y reproductivos” (anticoncepción, aborto, esterilización y homosexualidad) se conviertan en “derechos humanos” de rango constitucional; tal como sucedió en Neuquén (Vid Notivida 332).

El Derecho a la Vida

Tres son hasta el presente los proyectos de reforma que solicitan el reconocimiento del Derecho a la Vida desde la concepción hasta la muerte natural:

El exp. Nº 765 del convencional Martín Acevedo Miño (Recrear PRO): “La vida, desde su concepción y hasta su fin natural; la dignidad y la integridad física y moral de la persona son intangibles”.

El exp. Nº 548 de los convencionales Hermo Pesuto y Marciano Martínez (Alianza Viva Entre Ríos): “La vida desde su concepción y hasta la muerte natural, la dignidad y la integridad física y moral de la persona, son inviolables”.

El flamante exp.Nº 922 del radical Juan Carlos Arralde: “El Estado garantiza el derecho a la vida y la protege desde el instante mismo de la concepción”.

Para apoyar estos expedientes y pedirle a los convencionales que reconozcan explícitamente el Derecho a la Vida en la Constitución entrerriana pulse aquí

O ingrese en:

http://www.notivida.com.ar/emails/AlertaCER.html

El preámbulo de la Constitución

Por su parte la Junta Arquidiocesana de Laicos de Paraná, presentó un proyecto en el que propician la inclusión de un Preámbulo en la Carta Magna provincial. El texto del proyecto de Preámbulo dice: “Nos los representantes del pueblo de la Provincia de Entre Ríos, reunidos en Convención Constituyente, con la finalidad de exaltar la dignidad de la persona humana, la vida en todas sus manifestaciones y la familia; garantizar el pleno ejercicio de los derechos del hombre en su condición de tal; reafirmar los valores de la libertad, igualdad, solidaridad y fraternidad; consolidar el sistema representativo, republicano y democrático; afianzar los derechos de la Provincia en el concierto federal argentino; asegurar la autonomía municipal y el acceso de todas las personas a la justicia, la educación, la cultura y un ambiente sano; promover una economía puesta al servicio del hombre y la justicia social, para el definitivo establecimiento de una democracia pluralista y participativa y la consecución del bien común; invocando la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia, sancionamos esta Constitución”. FIN