martes, enero 13, 2009

El Juicio al Padre Grassi día a día

EL JUICIO AL PADRE GRASSI
DIA POR DIA

Novedades del Juicio

29/12/2008

Fuente: J U I C I O   D I A   5 7

Sinopsis del quincuagésimo séptimo día


El 29 de diciembre fue la última audiencia del año 2008. El 6 de enero de 2009 se retomará el Debate Oral. En esta ocasión declaró el Médico Forense de los Tribunales de Morón Dr. Pablo Parés. El mismo había periciado la superficie del tórax y espalda del Padre Grassi como así también la zona pelviana. El facultativo expuso sus conclusiones y dio explicaciones acerca de ellas. Dejó claro que el sacerdote no posee ningún tipo de hinchazón, ni musculatura como dijo Linares, ni anomalía que llame la atención en la zona de la pelvis por lo que deja en evidencia la mentira de uno de los denunciantes. La Fiscal intentó sin éxito buscarle la vuelta a la posibilidad que quien supuestamente vio esa particularidad pueda confundirse, sin tener en cuenta que el que acusa no era un niño y era culto. Por otra parte el Dr. Parés describió los lunares y vellosidad del Padre Grassi justamente en zonas visibles en natatorios, quedando demostrado que quien acusa miente porque justamente, como venimos afirmando, jamás vio las llamadas "zonas pudendas" y al hablar de esa parte inventa.

Novedades del Juicio

29/12/2008

Sobreseen al Padre Julio Grassi
en absurda causa de peculado


Hace dos años se formó una causa contra el Padre Grassi reprochando que el sacerdote haya trabajado a lo largo del proceso judicial en una oficina alquilada por la Fundación. Como defensa el sacerdote Fundador de Felices los Niños dejó en claro a pesar que la justicia permite el ingreso a la Fundación de 7 a 20 hs., por una resolución administrativa del Consejo del Menor de Provincia de Buenos Aires no puede tomar contacto con los niños de la Obra. Esto llevó a que no pueda usar las oficinas que tiene dentro de la Institución. Por esa razón la misma Fundación alquiló una casa frente al INTI, lindero a Felices los Niños. Desde allí el Padre Grassi trabaja diariamente por el bien de los niños y adolescentes de todos los Hogares y Escuelas. La causa se instruyó en la UFI 1 de Morón y el Fiscal pidió que se eleve a Juicio Oral caratulando la misma como "peculado". La Defensa del sacerdote consideró que de ninguna manera existía delito alguno y el Juez Dr. Ricardo Fraga, titular del Juzgado de Garantías Nº 2 de Morón así lo resolvió.
El Padre Grassi donó a la Fundación herencias y bienes personales que superan el valor del alquiler de las oficinas, por lo que no necesitaba tomar un solo peso de la Institución benéfica. Por otra parte, si la Fundación ayudara a quien dedica plenamente su tiempo a dar vida a los niños allí alojados, se trataría de un acto de justicia que permitiría una mejora en el funcionameiento de la misma para alcanzar sus objetivos. No hay delito alguno y por eso tanto el Padre Grassi como el apoderado Juan Pérez fueron sobreseídos. A continuación compartimos el texto de la Notificación:


Con habilitación de Feria
CEDULA DE NOTIFICACION.-
Dr. Ricardo Walter Malvicini, con domicilio en la calle Alte Brown 1078, piso 3°, oficina "B" MORON CONSTITUIDO.- Notifico a Usted, que en el legajo n° 9248 formado en causa seguida contra GRASSI, JULIO CESAR por la comisión del delito de pculado, que se instruye con intervención de este Juzgado de Garantías n° 2 del Dpto. Judicial Morón, a cargo de S.Sa., Dr. Ricardo Fraga, Secretaría Unica a mi cargo, se ha resuelto notificarlo del auto que a continuación se transcribe: 'Morón, 29 de diciembre de 2008.-AUTOS VISTO Y CONSIDERANDO.... RESUELVO: I.- HACER LUGAR al pedido de SOBRESEIMIENTO TOTAL impetrado por el Dr. Ricardo Malvicini defensor particular del encausado JULIO CESAR GRASSI con respecto a la comisión del delito de peculado de caudales equiparables a públicos reiterado cuanto menos en 5 ocasiones arts. 55 y 263 del C.P. en función del art. 261; ello por entender que la conducta reprochada al causante en tales extremos, no se ajusta a figura penal alguna. Rige lo normado por los arts. 323 Inc. 3ro del CPP.- II.- HACER LUGAR al pedido de SOBRESEIMIENTO TOTAL impetrado por el Dr. Federico Borzi Cirilli, defensor particular del encausado JUAN DOMINGO PEREZ con respecto a la comisión del delito de peculado con caudales equiparables a públicos reiterado cuanto menos en 5 ocasiones arts. 55 y 263 del C.P. en función del art. 261; ello por entender que la conducta reprochada al causante en tales extremos, no se ajusta a figura penal alguna. Rige lo normado por los arts. 323 Inc. 3ro del CPP.- III.- Notifíquese, y firme que sea, comuníquese con arreglo a lo dispuesto en el art. 327 del C.P.P.- Fdo. Dr. Ricardo Fraga. Juez.'
Queda Usted notificado, diligénciese por la Oficina de Mandamientos y Notificaciones.-
Secretaría, 29 de diciembre de 2008.-
PABLO A. BUSOLIN
     SECRETARIO