sábado, enero 30, 2010

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Carta Abierta a Diego Guelar

4 Comentarios Publicado el 25 de January, 2010 en Opinion

Sr. Diego Guelar

Le escribo a usted en referencia a sus últimas declaraciones en las que reconoce Ud. haber sido guerrillero y el proponer una amnistía luego que todos los integrantes de las Fuerzas armadas fueran “Juzgados”.

Su postura me parece extremadamente facilista y realmente de una falta de honestidad realmente pasmosa. me parece que el guerrillero todavía esta adentro de usted por mas que hoy vista de Armani o juegue en un partido político.

A continuación le explico el porque de mi pensamiento:

1. Todos los integrantes de las Fuerzas Armadas han sido juzgados a través de una ley impuesta por Raúl Alfonsín, quien aparte de haber sido Presidente fue el abogado de Roberto Mario Santucho, Comandante Ejecutivo del ERP, y además miembro permanente del Bureau del ERP. En calidad de tal represento al ERP en la negociación del gobierno del Grl Agustín Lanusse con el ERP por la vida del entonces Presidente de Fiat, Oberdan Salustro. Recuerdo a Ud. Salustro fue ejecutado por el ERP. Léase, Raúl Alfonsín creo una ley que llamo de responsabilidad de las Fuerzas Armadas, queriendo decir que los Comandantes fueron responsables de lo actuado por las Fuerzas armadas, hayan dado las ordenes o no. Alfonsín creo una ley como integrante del ERP para juzgar a su enemigo y no como presidente de todos los argentinos para engrandecer la nación.

2. La ley creada por Raúl Alfonsín y usada en el “Juicio” a las Juntas y que se sigue usando en todas las parodias judiciales, es completamente ilegal y anticonstitucional pues en todos los Pactos Internacionales y en todos los países civilizados de este planeta Ud. debe ser juzgado por la ley vigente en el momento de haberse cometido el delito.

3. Los “delitos” fueron cometidos con anterioridad a la ley votada y además el Comandante Alfonsín (creo ese es el titulo mas apropiado a su persona) cambio los fueros en los que los integrantes de las Fuerzas Armadas debían de ser juzgados. En el momento de las acciones estaba vigente el Código de justicia Militar y el fuero en el que los integrantes de las FFAA deberían ser juzgados fue el del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas. Todo lo actuado no es solamente ilegal sino anticonstitucional. Un delito debe ser juzgado por la ley vigente en el momento de haberse cometido el delito. de esto sobran Pactos Internacional firmados por Argentina.

4. Se probo mas de una vez que las Fuerzas Armadas actuaron utilizando los reglamentos vigentes entonces que fueran votados en la década del 50 durante el gobierno del Dr Arturo Frondizi y algunos reglamentos en la década del 60. Puede Ud. hacer su propia investigación si así lo desea. recuerdo además a Ud. que los mismos reglamentos fueron incinerados por orden del “General” Martín Balza quien no es mas que el concuñado de Raúl Alfonsín. No quisiera cambiar el foco de atención hablando acerca de este personaje que hizo cambiar su legajo personal del Ejercito Argentino para borrar del mismo lo actuado en los momentos que silbaban las balas. Si Ud. no me cree haga alguna averiguación en la provincia de Corrientes. De todas maneras es importante retener en la memoria el hecho de que se actuó cumpliendo los reglamentos vigentes, sean estos buenos o malos.

4. Su propuesta es realmente parcial pues sigue Ud. queriendo “juzgar” al enemigo y no por ejemplo decir: “en esta guerra todos hemos causado daño al Estado y a la nación demos por terminado esto hoy y a otra cosa, mirar para adelante…” Ud. sigue juzgando a su enemigo. Su alma montonera lo traiciona. Yo le creería si Ud. propusiera que “todos”, guerrilleros y uniformados fueran a juicio, pero no es así su propuesta. Ud. quiere seguir con el circo romano y después que se termino de basurear y usar al bando contrario, léase las FFAA, ahora te perdono. Esto es francamente inaceptable bajo todo punto de vista pues no hay nada que perdonar.

5. Recuerdo a Ud. que mucho del accionar de su organización, léase montoneros, fue durante la década del 60 y además durante la década del 70, inclusive durante el gobierno democráticamente elegido por el Pueblo Argentino. Su organización en conjunto con las otras organizaciones subversivas que atacaron al Pueblo Argentino lo hicieron con la friolera de veintidós mil atentados causando no solamente muertes a civiles sino daños materiales al Estado que pertenece a todos los habitantes del suelo argentino.

6. Recuerdo a Ud. que el Congreso Nacional durante el gobierno del General Juan Perón declaro ilegal en todo el territorio Nacional al accionar de todas las agrupaciones terroristas, esto no fue hecho por las Fuerzas Armadas sino por el propio pueblo vía su congreso. Señor Guelar hasta el día de hoy es Ud. ilegal en el territorio nacional pues sigo pensando que la ley del Congreso Nacional sigue vigente. No solo es Ud. ilegal, también lo son los integrantes del estado mayor Montonero que ocupan el gobierno.

7
. Estoy absolutamente convencido que habrá Paz cuando la justicia sea pareja y todos Uds. pasen una temporada en Marcos Paz. Justicia que realmente sea Justicia y no funcionarios pagos que declaren sentencia luego de atender el teléfono.

8
. Los integrantes de las fuerzas Armadas actualmente detenidos no son otra cosa que prisioneros de guerra pues están siendo juzgados por el enemigo del pueblo Argentino, cosa esta que declaro el congreso Argentino, no yo, y además están siendo detenidos muchos de ellos ya con los plazos vencidos por detención de una persona sin juicio. Esto lo establecen los pactos internacionales, como por ejemplo el de costa rica.

9
. Quien “maneja” lo que dicen ser los “Derechos humanos” en Argentina no es otro que Horacio Verbitsky, alias “El Perro”, Jefe de inteligencia de la agrupación montoneros. Ud. habla de amnistía. Es Ud. serio?. Se detendrá a Verbistky por todos los asesinatos cometidos?. por supuesto que no si gobierna la impunidad. Esta es tal que los guerrilleros han publicado libros explicando sus crímenes. Le recuerdo el diputado Bonasso, alias cogote ponía bombas en colectivos escolares, o como el diputado Bielsa que se declaro muy orgulloso de haber raptado, puesto bombas y matado. Viva la impunidad. Ud. me habla de amnistía luego de juicio?. Esta mas que claro quien es que juzga a quien.

10
. Uds. han llamado siempre a los integrantes de las Fuerzas Armadas no otra cosa que represores. Aceptado el termino, le recuerdo a Ud. que el propio gobierno de Isabel Martínez ordeno reprimir y exterminar según esta escrito en varios decretos. Se reprimió el accionar guerrillero, digamos el accionar de gente como Ud., aunque hoy este en política. La gran diferencia es que cuando Bonasso ponía una bomba en un colectivo escolar, en el colectivo viajaban niños inocentes y la bomba explote adonde explote mata a ciudadanos que solo caminan por la calle. Ese fue su accionar. Su modus operandi fue siempre igual, ejemplo el del General Retirado Cáceres Monie y su Sra. a quienes interceptaron con el auto, bajaron al matrimonio del auto y ejecutaron al ya retirado general con un tiro en la cabeza en presencia de su mujer y luego procedieron a violar a esta sexualmente y terminar su vida con otro balazo en la cabeza. Accionar típico montonero en este caso a una mujer cuya culpa fue ser la esposa de un ya retirado General del ejercito. Digamos Uds., los montoneros no han sido juzgados. Excepción del ministro Taiana que puso una bomba en el bar Roma adonde murieron inocentes.

11. Le voy a pasar información que le demostrara a Ud. que esta totalmente equivocado. Ud. dice que los delitos de los guerrilleros fueron delitos comunes y ya perimieron. No así lo actuado por los integrantes de las fuerzas Armadas pues estos son miembros del estado nacional. Me llama la atención que ninguno de Uds. haya encarcelado a María Estela Martínez de Perón que fue quien ordeno originalmente aniquilar el accionar subversivo y si encarcelan Uds. a quienes cumplieron esas ordenes. Por supuesto es conocida la orden del Dr. Righi (miembro del ERP) acerca de la forma en la que los “jueces” deben actuar, a tal punto que se ha pretendido condenar a los militares que recuperaron el cuartel de manos del terrorismo. Lea Ud. lo que sigue:

Nuestra Justicia ha receptado, sin hesitación alguna, los dichos de imputados por el delito de terrorismo y de subversión, que adoptan una singular postura defensiva auto titulándose como “civiles”, consecuentemente víctimas, en el sentido legal del término, conforme los Convenios de Ginebra, con todas las consecuencias jurídicas a su favor, en ocasión de presentarse ante los estrados judiciales argentinos. Cuando adaptaron similar actitud pero ante un organismo internacional, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, adoptó una postura que no es tan inocente o tan pasiva. El organismo internacional, encargado de velar por el respeto de los derechos humanos, en todo el continente, no compartió esta declaración unilateral sino que descorrió el velo de la personalidad de los “civiles”. Firmemente, dio algunas pautas a seguir, para reconocer jurídicamente como “civiles” a los integrantes de organizaciones guerrilleras que se hacen pasar por “damnificados”. Conforme a tales pautas, creemos que si nuestra Justicia las receptara, la aplicación de una Justicia equitativa, dejaría de ser un sueño inalcanzable.

Señaló la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos lo siguiente: “Las personas que tienen derecho a la protección que legalmente les confiere el artículo 3 común, incluyen a los miembros del gobierno y de las fuerzas disidentes que se rinden, son capturados o están fuera de combate (hors de combat). De igual modo, los civiles están protegidos por las garantías del artículo 3 común, cuando son capturados o de alguna otra manera quedan sujetos a la autoridad de un adversario, incluso aunque hayan militado en las filas de la parte opositora”.

“Además del artículo 3 común, los principios del derecho consuetudinario aplicables a todos los conflictos armados exigen que las partes contendientes se abstengan de atacar directamente a la población civil y a civiles en forma individual, y que al fijar sus objetivos distingan entre los civiles y los combatientes y otros objetivos militares legítimos. Para amparar a los civiles de los efectos de las hostilidades, otros principios del derecho consuetudinario exigen que la parte atacante tome precauciones para evitar o minimizar la pérdida de vidas civiles o daños a la propiedad de civiles, incidentales o colaterales a los ataques contra objetivos militares. “

“La Comisión, con base en las normas y principios del Derecho Internacional Humanitario, considera que los peticionarios tienen una apreciación errónea de las consecuencias prácticas y jurídicas derivadas de la aplicación de esas normas a las personas que participaron en el ataque de la Tablada. Concretamente, cuando civiles como los que atacaron el cuartel de La Tablada, asumen el papel de combatientes al participar directamente en el combate, sea en forma individual o como integrantes de un grupo, se convierten en objetivos militares legítimos. En tal condición, están sujetos al ataque directo individualizado en la misma medida que los combatientes.”

“Por consiguiente, en virtud de sus actos hostiles, los atacantes de la Tablada perdieron los beneficios de las precauciones antes mencionadas en cuanto al ataque y contra los efectos de ataques indiscriminados o desproporcionados, acordados a los civiles en actitud pacifica. En contraposición, esas normas del Derecho humanitario siguen aplicándose plenamente con respecto a los civiles pacíficos presentes o residentes en los alrededores del cuartel de La Tablada, al momento de ocurrir las hostilidades”.

12. Claro esta que Ud. como Bonasso, Verbisky, Kunkel, Taiana, Kirchner (Lupin y Sra) y demás integrantes de las distintas agrupaciones terroristas, declaradas ilegales en el territorio nacional por el congreso nacional, son considerados combatientes y sus actos no son delitos simples. Digamos sus acciones, al igual que las de los integrantes de las fuerzas armadas no perimieron. Digámoslo claramente: Ud. propone una amnistía luego de juicio pero se excluye del juicio cuando de acuerdo a lo probado en otras cortes Ud. y sus compañeros de armas deberían estar presos en Marcos Paz, ya que son combatientes. Esta además escrito que las partes deben abstenerse de atacar a la población civil. Como se conjuga este dictamen con las bombas en colectivos escolares que ponía Bonasso? me puede Ud. explicar?. Señor, de que clase de amnistía me habla Ud.?. De la amnistía montonera?. El Dr Carlos Menem dicto leyes del perdón para todos, creo en la buena intención de terminar con este problema. Uds., los montoneros declaran nula la ley pero solo en lo que se refiere a los nombres de los no montoneros o subversivos. Solo en Argentina.

Quisiera saber si es posible leer alguna respuesta coherente. En lo que a mi se refiere se lo repito lo mas claro que puedo:

Todos los integrantes de las fuerzas Armadas en campos de detención no son mas que prisioneros de guerra a disposición del enemigo que declaro como tal el congreso argentino.

Todos los integrantes de las Fuerzas Armadas y de Seguridad deben concurrir a las citas con los funcionarios públicos y declararse prisioneros de guerra y solicitar se aplique la Convención de Ginebra. Es entendible el temor de no hacerlo pensando en lo que hará el funcionario de enfrente con titulo de juez, pero la orden ya esta dada por el Dr. Righi así que lo mejor es simplemente mantener la boca cerrada, pues la sentencia ya esta escrita en la pared.

Todos los integrantes de las Fuerzas Armadas y de seguridad han sido removidos de los fueros judiciales en los que deben ser juzgados para participar en una parodia judicial con sentencia ya escrita.

Los integrantes de las Fuerzas Armadas y de seguridad deben ser juzgados por los Consejos supremos de las fuerzas Armadas con las leyes vigentes en la década del sesenta y del setenta según sea el caso. Toda otra acción es ilegal e inconstitucional

Ya esta predeterminado que han de seguir presos de cualquier forma.

Como en casos anteriores se les restringe el derecho a presentar sus propios testigos y en algunos casos como el del General Carlos Suárez Mason, el juez ordeno se borre su declaración del expediente y se le negó el derecho a presentar documentación alguna. clara violación de los derechos humanos que se dice ensalzar.

No puede usted amnistiar lo que en realidad no hay que perdonar. Las fuerzas armadas cumplieron ordenes provenientes del estado en primera instancia vía su Presidenta María Estela Martínez, luego del gobierno de facto del General jorge R. Videla quien solo continuo con las operaciones anteriormente iniciadas. Le informo a Ud. además que en su momento el General Videla recibió orden directa de que forma actuar del doctor Italo Luder en su calidad de presidente.

Todo lo actuado hasta ahora ha sido básicamente bajo el gobierno de un miembro del Comité permanente del ERP y abogado de su comandante ejecutivo, léase Raúl Alfonsín, miembro del ERP. Sigue la parodia con los montoneros en el poder vía Néstor Lupin Kirchner. Todo esto es absolutamente ilegal e inconstitucional.

Si la presidenta quisiera hacer un comentario constructivo en su carácter de “abogada” como se dice a diario, por favor pídale usted el numero de matricula profesional.

Si usted honestamente quiere hablar de amnistía, propóngala para mañana mismo, si usted quiere hablar de juicio, debe ser juicio para todos. cuando usted se presente a la justicia para acompañar a quienes estén en Marcos Paz como detenidos, le creeré y le considerare un tipo realmente honesto. Mientras tanto sigo creyendo que es Ud. realmente un montonero jugando a la política, protegido por la impunidad que protege a todos sus camaradas. Que como político solo le dice al pueblo lo que este quiere escuchar o que lo deje a usted mejor parado en el momento de su declaración.

De todas maneras le agradezco el haber leído este escrito.

Autor: Mario Suarez

Arquitecto

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