viernes, septiembre 28, 2007

Los reyes del piquete, piqueteados frente al Waldorf y escuchando verdades

AMIGOS DE LA LIBERTAD
- Las fotos las reproduce Ambito Financiero de hoy con comentarios y el recorte es de ABC en su sección de foros, en este caso referente a la Argentina.
- Tal vez nunca, presidente argentino haya hecho este tipo de propaganda electoral estando vencido el mandato pero en uso del mismo en forma anticonstitucional. Ya nada importa, ya nada los detiene, pero no todo son rosas y como para muestra basta un botón, aquí está la solicitada del "Wall Street Journal" con severos reproches a los visitantes.
- A un mes de las elecciones, el panorama que se presenta es bastante negro para quienes nos han transformado en republiqueta que no paga sus deudas, -ni las pagará- con otro Kirchner mediante.
- Entonces, de acuerdo a como vote la gente, será la cosecha y si ganar demanda todo tipo de concesiones para comprar conciencias, difícil pronóstico para los resultados de lo que vendrá, porque podrán ser muchos, pero en tareas de demolición´.
- Y ésto, tal vez mucha gente no lo entienda, pero ellos, sí que lo entienden.
- Ante este cuadro siniestro, no se puede estar neutral, hay que hacer, hay que colaborar con los candidatos de oposición que el mismo día celebrarán una "interna interpartidaria" y en la segunda vuelta todo el mundo se encolumnará con el ganador para sacar a la REpública de este trance, en donde en el exterior culpan al país y no a sus gobernantes como dice la solicitada o quiere decir.
gm

abc.es

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 - Tema: KIRCHNER: Sensacional acogida y triunfo en New York preelectoral y algo más

PIQUETEROS PIQUETEADOS
Un piquete de bonistas que quedaron fuera del canje de deuda recibió ayer a Cristina de Kirchner en las puertas del Hotel Waldorf.
Con carteles y una solicitada publicada en "The Wall Street Journal, la hacen responsable ahora de cancelar la deuda impaga.


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No son los tres chiflados
convocando a los espíritus...


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Los bonistas que quedaron fuera del canje de deuda recibieron a Néstor Kirchner con
una solicitada en el "Wall Street Journal". Se recuerda allí que la "cultura de la
corrupción argentina" les costó millones a losnorteamericanos; también se mencionan
el default y el caso del valijero venezolano. "La presidencia Kirchner está llegando
a su fin", dice allí, y piden cargar sobre su sucesora como encargada de pagar la fiesta.









[Red de Catequistas] ENJUICIAMIENTO POLÍTICO DE JUECES

COLUMNISTA

JORGE H. SARMIENTO GARCÍA

ENJUICIAMIENTO POLÍTICO DE JUECES

1) La noticia:

Un fuerte rechazo ha suscitado en la Iglesia Católica el aborto provocado a una joven discapacitada que había sido violada, ordenado por la Justicia de Entre Ríos y apoyado por el ministro de Salud de la Nación, Ginés González García,… [la que]… denunció ayer "un nuevo homicidio intrauterino" y acusó a la Corte entrerriana de prevaricato [advirtiendo que]… "Cuando quien mata es el gobierno, pierde toda credibilidad y muere la democracia"…Tras varias instancias judiciales, la Corte autorizó provocar un aborto a la joven discapacitada, embarazada de cuatro meses como fruto de una violación, operación que su madre había pedido y a la que su padre se opuso. Médicos de Paraná se negaron a hacerlo, por estimar que el avanzado estado de gestación incluía riesgo para la madre y por razones de conciencia. Con apoyo del ministro de Salud [de la Nación, Ginés González García], la joven fue llevada en avión a Mar del Plata, donde se realizó el aborto en un hospital público… Lo ayudó en su propósito el ministro de Salud bonaerense [Claudio Mate]”.

JORGE ROUILLÓN - LA NACIÓN

Suplemento Electrónico de La Revista del Foro, 1ª Ed., del 27 de setiembre.

2) El comentario:

Como causal de enjuiciamiento político, el mal desempeño de las funciones es una cláusula lata y su interpretación es discrecional -no arbitraria- por parte de los integrantes del Cuerpo que enjuicia, pudiendo deberse a falta o pérdida de idoneidad o aptitud para su ejercicio, a negligencia o incluso a inhabilidad física o psíquica o a falta de idoneidad moral.

Los juzgadores por tanto deben valorar cada caso concreto, a fin de establecer si existió o no mal desempeño.

Ahora bien, si hay delito en el ejercicio de sus funciones, la causal no es a nuestro modo de ver una mera variante del mal desempeño, desde que exige la comisión de uno o varios delitos tipificados en el Código Penal, como por ejemplo el prevaricato, el cohecho, el incumplimiento de los deberes de funcionario público, la malversación de caudales públicos, etc.

Ahora bien, en tratándose de magistrados judiciales, en los casos que los juzgados sean los jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación los mismos no podrían ser acusados por errores o por sus criterios expuestos en sentencias judiciales, siempre que dichos fallos no constituyan delitos o traduzcan ineptitud moral o intelectual que los inhabiliten para el ejercicio del cargo, doctrina aceptada por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados en el caso “Bustos Fierro, Ricardo”, del 26 de abril del 2000.

Por ello, y en cuanto a los jueces de Tribunales inferiores, creemos correcta la postura de Juan Fernando Armagnage, quien ha escrito: “En esta cuestión deben prevalecer la prudencia del juicio y la reflexión, teniendo en cuenta la preservación del principio de inamovilidad. Los actos de los jueces deben revestir cierta gravedad para configurar la causal de mal desempeño, como, asimismo, ser irregulares, perjudiciales; pero también deben ser habituales. La habitualidad es decir, la reiteración de actos contrarios a derecho tiene que constituir, a nuestro juicio, la nota característica en el caso de los jueces. No se puede considerar mal desempeño cualquier trasgresión, pues de esta manera se comprometería la garantía constitucional de la inamovilidad judicial. Sin embargo, esta garantía no puede llegar al extremo de permitir negligencias, torpezas, faltas de atención, insensibilidad, despreocupación por la tramitación de los procesos en cuanto a sus formalidades y modalidades. El criterio para analizar la conducta de los jueces, en general, debe ser más rígido que el empleado para otros funcionarios".

En suma, conforme a la noticia en trato y a lo precedentemente expuesto, estimamos sumamente comprometida la situación de la Corte entrerriana.

[nuestra_historia_70] B113- Ley 23.077. Modificacion Ley 20.840

“NUESTRA HISTORIA-70”

BOLETINES PARA COLECCIONAR

Es una serie informativa sobre acontecimientos de nuestro pasado reciente, destinado principalmente a quienes no los vivieron y para los que los olvidaron. Su exposición no busca polemizar ni agraviar, sino lograr la concordia a través de la verdad y la equidad en el tratamiento de los dramáticos sucesos vividos en la década del 70 que vienen siendo parcializados y distorsionados mediante una campaña de mentiras y desinformación interesada.

B113- Ley 23.077 . Modificación Ley 20.840. Boletín de fecha 27 de septiembre de 2007

Desnaturalización de la ley de “lucha contra la subversión”
A partir de la promulgación de la Ley 23077 ( Defensa de la Democracia) el 22 de agosto de 1984, el gobierno del Dr Alfonsín encaró decididamente la modificación de la Ley 20840.
La modificación cambió el sentido real de la ley de “lucha contra la subversión” y el espíritu que había primado en el momento de su elaboración. Se derogaron los artículos 1ro, 2do, 3ro, 4to, 5to 10mo, 11mo 12 mo donde se tipificaban, penaban y establecían normas adicionales para los delitos de carácter subversivo y se modificaron los artículos 6to,7mo, 8vo y 9no que trataban los delitos de subversión económica.
Luego de esas modificaciones , el país quedó sin instrumentos legales específicos para combatir los delitos de carácter subversivo que se pudieran producir, con excepción de los delitos de subversión económica.
Tal fue el caso del ataque en 1989 al Regimiento 3 de Infantería (con asiento en La Tablada) por parte del “Movimiento Todos por la Patria” conducido por el terrorista Enrique Gorriarán Merlo que causó un elevado número de muertos y heridos graves y donde el gobierno constitucional presidido por Alfonsín ordenó reprimir sin contar con la legislación específica que él mismo había derogado o modificado.
Antecedentes de la ley de represión de actividades subversivas. Ley 20840.
Había sido promulgada 30 de septiembre de 1974 y tuvo modificaciones y actualizaciones por Ley 21459/76, Ley 21886/78, Ley 23077/84, Ley 23479/87, Ley 23974/91 y Ley 24286/93.
La sanción original de esta ley fue un proyecto presentado por el Poder Ejecutivo, durante la presidencia de María Estela Martínez de Perón y se efectuó para cubrir un vacío existente en la legislación para el adecuado juzgamiento de delitos de carácter subversivo. Ese vacío -intencional- había despejado el camino y facilitado el desarrollo y las operaciones de las organizaciones terroristas subversivas.
Entre 1971 y 1973 había existido la Cámara Federal en lo Penal (Ver Boletín Nro 15 Hacer clic B-015) con una legislación que había sido eficaz para combatir el accionar de las organizaciones terroristas que para entonces ya habían alcanzado un importante desarrollo (estando integradas por varios miles de militantes revolucionarios). Hasta el 24 de Mayo de ese último año se habían logrado juzgar y condenar o procesar a más de 2000 terroristas subversivos que estaban detenidos en ese momento.
El vacío legal se produjo durante la presidencia del Dr Héctor Cámpora por la eliminación de esaCámara Federal en lo Penal” y la derogación de la legislación vigente . A ello se agregó el hecho que al hacerse cargo, el 25 de mayo de 1973, dejó en libertad a todos los delincuentes extremistas que cumplían su condena ajustada a derecho, y a los que se hallaban bajo proceso. Gran parte de ellos eran experimentados cuadros, muchos instruidos (ideológicamente y militarmente) en el exterior.
La Amnistía declarada por el Congreso al día siguiente ( Ver Boletín Nro 19 Hacer clic B-019 ) no contribuyó a producir la pacificación nacional deseada, porque a los liberados no se les impuso la renuncia a continuar en la guerra revolucionaria (subversiva) que habían iniciado. Por el contrario, después de ello y con la participación de los liberados:
- La subversión terrorista continuó en forma más virulenta y produciendo hechos más importantes.
- La Nación quedó sin una legislación apta para el juzgamiento de este tipo particular de delitos.
- La Justicia fue ineficiente e incapaz de poner límite a los delitos de la subversión terrorista.
Fundamentos de la Ley 20840.
Durante el gobierno de María Estela Martínez de Perón y como consecuencia del incremento de las acciones armadas con asesinatos, secuestros extorsivos, robos, atentados, intimidaciones, etc, la Presidente envió un proyecto de ley al Congreso de la Nación. en cuyos fundamentos se destacaban las siguientes expresiones, que caracterizaban la situación:
-“Ante la proliferación de grupos u organizaciones que contribuyen con su actuación a alterar el orden y la tranquilidad de la República, se ha llegado a la conclusión de que debe ser encarada una lucha frontal contra ellas”…
-… “los grupos cuya actividad se trata de incriminar logran adherentes mediante una sutil campaña de proselitismo y adoctrinamiento, y que hasta el presente han actuado impunemente, utilizando todos los medios posibles de comunicación”…
-… “luego de esta primera etapa de captación, en apariencia inofensiva y que se realiza en diversidad de ámbitos, especialmente en los formativos de la educación y conciencia ciudadana, aparece invariable la del activismo criminal que tantas vidas y bienes ha costado hasta el presente al país”.
“Trabajadores al servicio de la causa nacional, distinguidos militares, magistrados judiciales, pacíficos ciudadanos, humildes servidores públicos, funcionarios, y recientemente un miembro del Honorable Congreso Nacional se encuentran entre los que han sido inmolados por la actividad perversa cuyos orígenes y difusión se pretende eliminar”…
-… “la actividad de aquellos grupos, si bien velada, ha alcanzado niveles tales de difusión que sería inútil y peligroso ignorar”…… “que pretenden subvertir los valores esenciales y vitales que son patrimonio de nuestro pueblo.”
-…”se ha procurado lograr un texto legal breve y suficientemente explícito, con disposiciones flexibles, atribuyéndole competencia para entender en los delitos reprimidos por ella a la justicia federal.
-…”estimando que será un instrumento idóneo para preservar el modo de vida consagrado por la tradición de nuestro pueblo.”
Objetivo de la Ley de referencia.
La ley sancionada como Ley 20840 , constaba de 14 artículos, de los cuales los más caracterizados eran los cinco primeros que tipificaban los delitos y establecían las penas en relación a aquellos que pretendieran alterar o suprimir el orden constitucional y la paz social de la Nación por vías no establecidas por la Constitución Nacional ..o tendiesen al adoctrinamiento, proselitismo o instrucción de esas conductas y también a los que hicieren apología de los delitos anunciados precedentemente.
También penaba a los redactores o editores de publicaciones de cualquier tipo, directores y locutores de radio y televisión, o responsables de cualquier medio de comunicación, que informara o propagara hechos o imágenes o comunicaciones de esas conductas enunciadas.
El artículo 11 elevaba las penas cuando el condenado fuere funcionario o empleado público. Y el 13 daba competencia a la Justicia Federal en los hechos previstos en esta ley.
Esta ley fue en ese momento el instrumento jurídico más adecuado para combatir los aspectos que caracterizaban ese nuevo conflicto llamado “guerra revolucionaria”, como eran: la acción armada terrorista, la intimidación y propaganda (acción psicológica) y las acciones de subversión económica . Para todo ello se aplicaba el Código Penal, con la participación sólo de las fuerzas policiales.
Posteriormente, como se explicó en anteriores boletines, ante el incremento de las operaciones por parte de las organizaciones revolucionarias que sobrepasaron la capacidad de las fuerzas policiales y de seguridad, el gobierno dictó cuatro decretos secretos ( 261/75, 2770/75, 2771/75 y 2772/75) que ordenaron el empleo del Poder Militar, creando para conducir la guerra contra la subversión y el terrorismo el “Consejo de Seguridad Interior”, presidido por la Presidente y el “Consejo de Defensa” que le dependía – presidido por el Ministro de Defensa- quien fue el que impartió la Directiva 1/75 (Lucha contra la Subversión) en la que se fijaba como misión de las FFAA: “ejecutarán la ofensiva contra la subversión en todo el territorio nacional para detectar y aniquilar las organizaciones subversivas”… (ver Boletín Nro 38 Hacer clic B-038)
Es evidente que estas resoluciones del gobierno marcaron una ambigüedad normativa entre una ley pública que utilizaba las herramientas del tiempo de paz contra el delito subversivo y la aplicación de los decretos secretos que ordenaban a las FFAA a entrar en operaciones contra los ejércitos irregulares de la subversión terrorista, primero en Tucumán y luego en el resto del país.
Durante el “Proceso de Reorganización Militar” se continuó aplicando la ley de carácter público Ley 20840 sancionada por el gobierno de María Estela Martínez de Perón y los posteriores decretos de carácter secreto ya enunciados. El gobierno militar sólo modificó esa ley mínimamente, endureciendo algunas de las penas y efectuando pequeñas modificaciones que no vulneraban el espíritu de la ley original.
Resumen en cuatro párrafos.
El gobierno del presidente Dr Héctor Cámpora había dejado a los terroristas en libertad y al Estado sin medios legales adecuados para reprimir los actos futuros de los mismos.
  • Con la Ley 20840 se tipificaban y establecían penas para los delitos de carácter subversivo.
  • Posteriormente, los decretos secretos dispusieron operaciones de aniquilamiento de las organizaciones subversivas por parte de las FFAA.
  • Por los mismos decretos se crearon órganos de conducción y control de las operaciones militares conducidos en un primer nivel por la Presidente de la Nación y en un segundo nivel por el Ministro de Defensa.
  • El Gobierno Militar operó con la legislación vigente en el gobierno constitucional anterior.
¿Qué hizo Alfonsín con este instrumento legal?
El Gobierno del Dr Raúl Alfonsín derogó los aspectos principales para combatir la subversión terrorista , dejando vigente sólo aspectos vinculados a la subversión económica, con lo que se desvirtuó la ley original, dejando nuevamente al país -en ese aspecto- en una situación similar a la que lo dejó el Dr Cámpora. ( lo que se puso en evidencia en 1989, cuando el “Movimiento Todos por la Patria” al mando de Gorriarán Merlo atacó el Regimiento 3 de Infantería sito en La Tablada, Pcia Bs As.)
Consultas normativas
FIN DEL BOLETÍN Nro 113.-
REFLEXION
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CONADEP 1984 : 4.905 DESAPARECIDOS
(CON DOCUMENTO QUE LOS IDENTIFICARÍA)
SOBRE 7.830 LEGAJOS CONFECCIONADOS
(VER ANEXO 1 DEL LIBRO “NUNCA MÁS”)
LUEGO… MUCHOS APARECIERON VIVOS
OTROS… APARECIERON MUERTOS
¿CUÁNTOS SON HOY LOS DESAPARECIDOS REALES?
¿ 30.000 DESAPARECIDOS ?
¿ PORQUÉ NUNCA PUBLICARON LA LISTA ?
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Los delitos de la subversión son de lesa humanidad

Publicado por Redaccion el 29 Jul 2007 | Categoría: Actualidad, Polí­tica , Derechos Humanos

Entrevista a Guillermo Ledesma, ex camarista que participó del juicio a las Juntas Militares de Argentina

"Cuando se cometieron los delitos, no existían los tratados internacionales de derechos humanos". Así opinó el ex camarista, uno de los miembros del tribunal que condenó a la cúpula militar responsable del terrorismo de Estado, al ser consultado sobre las polémicas desatadas a raíz del fallo de la Corte que anuló los indultos.

Ledesma se manifestó en contra de la retroactividad de la ley penal y de la abolición de la "cosa juzgada"; y aclaró que no es defensor de los militares, sino que "cree en la Justicia para todos".

- ¿Qué opina de la anulación de los indultos que favorecieron a los responsables del terrorismo de Estado?

- No puedo estar de acuerdo con la anulación de los indultos que ya fueron convalidados por la Suprema Corte, en una composición anterior. No creo en la anulación de la cosa juzgada ( una persona no puede ser juzgada dos veces por el mismo delito), ni en la retroactividad de la ley penal en perjuicio del imputado, producida por la aplicación de tratados internacionales que no regían para la Nación en el momento en el que se dictó el fallo. El principio de legalidad es uno de los logros más importantes del Derecho Penal moderno y dice que ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso. Aplicar retroactivamente la ley penal, con el propósito de mejorar el Derecho, equivale a derogar un principio sustancial como este. Me parece que en el altar de los derechos humanos, se vulneran principios sustanciales que a la humanidad le costó muchísimos años lograr.

- Pero habría un conflicto…

- (Interrumpe). No hay ninguna duda que existe un conflicto. Me quedo con respetar lo que ya estaba establecido, antes que hacer ingresar el Derecho nuevo, ratificado con posterioridad, violando el principio de legalidad. Además, no creo que el Derecho tenga que ser contingente. El derecho es aplicable a todos. Yo prefiero que no se haga una injusticia. Creo en el Derecho, pero el derecho para todos.

- Según su visión, ¿Los delitos de lesa humanidad son exclusivos del terrorismo ejercido desde el Estado?

- No creo que sean exclusivamente los cometidos por el terrorismo de Estado; también es crimen de lesa humanidad el secuestro, el asesinato y todos los delitos cometidos por las fuerzas subversivas.

- Pero no es el criterio que adoptó la Corte…

- Creo que la definición de delito de lesa humanidad de las Naciones Unidas , así como otros tratados, claramente comprenden a los crímenes cometidos por los subversivos. Sin embargo esta Corte los dejó de lado.

- Familiares de militares asesinados por guerrilleros presentarán un recurso para incluir los delitos cometidos por la guerrilla. ¿Cree que tendrá algún futuro?

- Creo que según los criterios de la Corte, este tribunal no va a modificarlo y sólo calificará al terrorismo de Estado como crímenes de lesa humanidad; dejando de lado los crímenes cometidos por la guerrilla. Yo creo que tienen la misma naturaleza, unos y otros.

- ¿Cuál es la diferencia entre los crímenes cometidos por el terrorismo de Estado y las organizaciones subversivas?

- El terrorismo de Estado se mimetizó con los métodos de los elementos subversivos. Aquí lo que confunde es el grado de reprochabilidad. Cuando el terrorismo proviene del Estado es más grave que cuando proviene de los subversivos, pero de ahí a decir que los civiles que matan gente, tiran bombas, secuestran personas, las encierran en "cárceles del pueblo" durante años, incluso matan chicos; que quienes hacen todo eso no comenten delitos de lesa humanidad, ¡pero por Dios! es un grado enorme de irresponsabilidad . El Estado es más responsable que las fuerzas subversivas; pero decir que las fuerzas subversivas no tenían un plan criminal es desconocer la realidad. Es negarse a reconocer la realidad.

Fuente: El Tribuno de Salta - Argentina
Reportaje realizado por José Ignacio Sbrocco

""Los delitos de la subversión son de lesa humanidad""

Incurables adolescentes de los 70

Por ABEL POSSE







Sentimos que
la Argentina ingresó en un clima negativo, de tensiones que
no propician la buena convivencia ni aseguran la paz social. Hay un aire
de violencia difuminada por las calles, desde la vergüenza de los
domingos de fútbol y garrotazos hasta las bandas de matones y drogados adueñados de los barrios marginales ante la indiferencia gubernamental. La Argentina tiene ya entre 800.000 y un millón de jóvenes calificados de "marginales estructurales". Son carne para todo delito o vandalismo. Están al margen de la educación, de toda autoridad familiar, carecen de trabajo y de otra perspectiva existencial que no sea el nihilismo y la anarquía. Con planes
anémicos, se elude en realidad enfrentar este enemigo colosal del futuro
argentino y de la paz social.


Ante esta evidente violencia difusa, todavía sin conducción, el Gobierno
y todos los sectores políticos deberían estar alertas y actuantes. Esta
crispación evidente, este vandalismo descontrolado y no debidamente
reprimido puede desbordarse y sorprender a las autoridades. Algunos
nostálgicos, revolucionarios con esquemas del siglo pasado, podrían ver
en esos marginales, masas de maniobra para acciones violentas. Alguien puede estar soñando con alguna convulsión nostálgico-revolucionaria que dejaría a nuestro gobierno ante los mismos dilemas y ambigüedades que vivió el famoso Kerenski, en 1917, apretado entre sus flojeras revolucionarias y
su realidad de dirigente burgués.


Si hablamos sin hipocresía, debemos observar que contra los militares se
hizo más justicia de la debida - y esto es injusticia -. Se los discriminó
judicial y jurídicamente, alterando uno de los fundamentos básicos del
derecho (argentino y mundial): la no retroactividad de la ley,
especialmente la penal. Se anularon indultos con irritante parcialidad,
al punto que asesinatos y estragos masivos causados por los insurrectos
aparecen como actos no condenables, aunque hayan dejado un tendal de
víctimas inocentes: empresarios, policías, militares y conscriptos.
También se fabricó una visión casera de los delitos de lesa humanidad
(¡excluyendo al terrorismo!). Ametrallar a conscriptos indefensos
bañándose, como pasó en el ataque terrorista al regimiento de Formosa, es
monstruoso y de lesa humanidad, sea que los asesinos hayan vestido
uniforme o lo hayan hecho con boinas guevaristas como las que usaba
Gorriarán Merlo. Se negó a los oficiales toda exculpación por el
juramento de obediencia y verticalidad ante sus mandos, principio básico de todas las fuerzas armadas del mundo, sin el cual sería imposible actuar y
comandar en guerra. (¡Ojalá no le toque al Presidente una policía o un
ejército que algún día le diga: "Voy a ver si tiro, déjemelo pensar!).
De modo que después de los juicios a las juntas militares y de tantas
condenas los que ejercieron la violencia por orden del Estado carecen de
toda esperanza legal. Los violentos del otro sector, con sus miles de
atentados, reciben un trato inaceptable en sociedades civilizadas. El
Gobierno fabrica una ilegalidad prêt-à-porter para condenar lo que
considera la ilegalidad militar, que le parece insuficientemente
castigada (y este matiz no viene del Derecho, sino de la ideología.)

Esto hace que se desmorone el edificio legal desde sus bases romanas y
germánicas e instaura un inédito caos, al afectar el rigor de la razón
jurídica. Desde ahora, la ley a medida de la voluntad política dominante
será una anomalía que podría extenderse más allá del tema de los años 70.

Esta es la base de una ilegalidad que pagaremos muy caro. Afectará a
nuestra economía, a las inversiones, a las libertades productivas y
creativas. Y será un grave ataque a
la Constitución: se abriría la puerta
a un autocratismo seudodemocrático.


Vivimos en un país desopilante, pese a las enfáticas declaraciones del
Presidente de que volvemos a ser un país serio. El gobierno
constitucional, en 1975, ordenó a las FF.AA. aniquilar (sic) a la
guerrilla, con la aprobación y la firma de sus máximos dirigentes, que
pertenecían al mismo partido que hoy, treinta años después, apaña al
residuo de subversivos, los destaca casi como personalidades morales, los
acoge en el Gobierno y hasta les paga una abundante indemnización por las
molestias causadas... A la vez, se busca mantener ilegítimamente
encarcelados a los militares que cumplieron el mandato del gobierno
peronista, logrando el cometido de desarticular - aniquilar (sic) - la
guerrilla en apenas diez meses, cuando a comienzos de 1977 la dirigencia
subversiva se estableció en el exterior, con admirable prudencia
estratégica.

Nadie se volvió contra los que ordenaron esa aniquilación de la impopular
guerrilla cumpliendo con la defensa del Estado agredido y adecuándose a
lo escrito por Perón en ocasión del ataque al regimiento de Azul en 1974: a
los terroristas hay que eliminarlos uno a uno, por el bien de
la
República.


Los oficiales y hasta los soldados son procesados y reprocesados en un
ejercicio de venganza disfrazada de justicia. Pero los comandantes
políticos que dieron al Ejército la orden de aniquilar ni siquiera son
contemplados. O todos o ninguno. ¿Cuántas renuncias de afiliación se
produjeron en el peronismo de 1975 por ese decreto de aniquilación?

¿Cómo puede hablarse de justicia sin la mínima coherencia? Nada indigna
más que las asimetrías. Sin coherencia ni rigurosa igualdad no hay ley,
pero tampoco hay paz. El Gobierno se pone en una situación ilegítima. Se
ubica fuera del orden jurídico constitucional, por más que reciba dóciles
apoyos parlamentarios.



A la violencia e inseguridad cotidiana se suma la división que nos causa
el viaje de justicia-venganza hacia el pasado. La violencia de los
muertos acecha la paz de los vivos. Una generación desgraciada y sepultada invade nuestro hoy y aquí. Empezamos a sentir el peligro de trasvasar el
resentimiento de la generación pasada a la actual.


En
la Argentina no se entiende la discreción ante el juicio del pasado
que tuvieron países que sufrieron grandes hecatombes, con millones de
víctimas. Son los casos de Rusia, Francia, Alemania, España, China,
Italia, Japón. Se actuó con una justicia simbólica. En esos pueblos con
experiencia de desdichas ancestrales saben que es necesario impedir que
las generaciones nuevas se infecten con los odios de un pasado
inexorable.


Permitirlo - o provocarlo, como en nuestro caso - equivale a fabricar y
establecer un odio virtual, abstracto. Que en el plano histórico-político
los vivos quieran vengar a sus muertos por medio de la justicia sería
perverso e inútil. Equivaldría a agregar odio al odio y dolor al dolor.
En Nüremberg fueron condenadas 38 personas. Por lo de Hiroshima, ninguno...

Así se explican la conducta de los españoles después de la muerte de
Franco y la de Adenauer en 1947 para superar el peso atroz del nazismo
con una convocatoria para la reconstrucción de la demolida nación de todos.
De Gaulle suspendió venganzas contra los colaboracionistas y condonó la
sentencia a muerte de Pétain, el aliado del nazismo ocupante. Deng
Xiaoping, aunque víctima él mismo y su familia de las atrocidades de
la
Revolución Cultural de Mao, evitó toda venganza, y hoy el retrato colosal
de Mao preside la plaza de Tiananmen. Los dirigentes de la Rusia
posoviética, pese a 70 años de dictadura y al horror del Gulag, supieron
respetar al glorioso ejército desde la interpretación nacional, no
partidaria. Era el ejército de Stalin y Trotsky, pero era el heredero de
Kutuzov, del triunfo sobre Napoleón en Borodino, de la gloriosa defensa
de Moscú y Leningrado.


Ningún país repudió a su ejército por lo que le exigieron sus gobiernos.
Ni Francia por lo de Argelia, ni Alemania por las matanzas de Rusia, ni
Rusia por las masacres de Polonia y Berlín, ni Estados Unidos por
Hiroshima. Para bien o para mal, los ejércitos somos todos, los gobiernos
somos todos. Como afirmó Sartre, todos somos responsables de nuestra
historia. "Soy tan responsable de la guerra como si yo mismo la hubiese
declarado". Por el bando subversivo debe decirse que transformar a los
guerreros que jugaron con coraje su apuesta marxista-revolucionaria en
inocentes y víctimas neutras es la mayor deslealtad para con su memoria
(el jefe mismo de ese bando expresó esto con indignación).


Todos los ejércitos del mundo están empeñados en su mayor eficacia, más
allá de las coyunturas que hayan vivido.



Estamos en un momento peligroso, casi sin otro derecho internacional que
el de la fuerza. Hay proyectos para declarar patrimonio de la humanidad
las reservas de agua dulce, las pesquerías, reservas energéticas y
espacios vacíos. Debemos tener fuerzas disuasivas. El mundo está más
cerca de la política decimonónica de puro poder que de los sueños de las
Naciones Unidas en el siglo XX.


Nuestro camino es optimizar la defensa nacional y regional. Brasil,
Chile, Venezuela y Colombia incrementan su poder militar, mientras que
la
Argentina se aproxima a la indefensión y a la continua descalificación de
sus Fuerzas Armadas. Con Brasil, con el MERCOSUR, tenemos que asegurar un gran espacio de paz y de estrategia defensiva.


Perdemos energía en la banalidad de las venganzas y en la ilusión de
algunos derrotados persistentes que quisieran transformar nuestras FF.AA.
en milicias ideologizadas con ideas muertas y enterradas.


Está en el Gobierno evitar que se ahonde la división de los argentinos.
Debe promover la reconciliación y tener la grandeza de fundamentarla en
una gran amnistía nacional (que, incluso, beneficiaría a centenares de
subversivos). En este momento de democracia y de restablecimiento
económico tan exitoso, debemos evitar el retorno eterno de las venganzas
y aunarnos programáticamente en la conquista del futuro inmediato, como
hicieron esos grandes países que se han mencionado.


No se puede engañar a todos todo el tiempo. Y agregaría a esta máxima
famosa: "No se puede humillar a nadie tanto tiempo."



EL AUTOR ES DIPLOMÁTICO Y ESCRITOR. ESTE FRAGMENTO PERTENECE A SU LIBRO EN PREPARACIÓN: “NOCHE DE LOBOS”.

MORAL CRITIANA Y GUERRA ANTISUBVERSIVA.

Por el Padre Alberto I. Ezcurra. Enseñanzas de un capellán castrense

3er, Capítulo: “ Aspectos morales.

1.-Licitud de la guerra revolucionaria. “

El Director.

La guerra revolucionaria se encuentra en nuestra patria en pleno desarrollo. Siendo como dijimos arriba, un guerra a la vez internacional y civil, hay que examinar su licitud desde los principios m orales que justifican la guerra justa y el derecho a la resistencia activa ( “ derecho al alzamiento “ )

a-Moral marxista y moral católica..

Pero la concepción moral marxista y católica difieren radicalmente. Señalemos brevemente las diferencias ( Cf. Florencio Arrnaudo. Principales tesis marxistas Pleamar. Bs.As. 1975,p.50-54 ).

La moral católica ilumina las circunstancias concretas del obrar humano desde los principios permanentes del Evangelio y el Orden Natural. “ Es cierto que muchas normas permanentes del Evangelio varían según las épocas y circunstancias. La moral cambia porque el hombre cambia, y con él sus hábitos y disposiciones. Pero si el género humano es sustancialmente idéntico a través de la historia, hay que admitir que con él permanecen inalterables una serie de normas morales inherentes a su condición humana.

La moral marxista es relativa. Ella difiere en cada época histórica y para cada clase social. En la sociedad capitalista el correcto proceder moral consistirá en procurar por todos los medios el advenimiento de la sociedad comunista.

TEXTOS

“ Moral es lo que sirve para destruir la vieja sociedad explotadora y para unir a todos los que sufren alrededor del proletariado “. ( Lenín. Discurso en el Tercer Congreso de la Liga Juvenil Comunista ).

“ Nuestra moral está enteramente subordinada a los intereses de la lucha de clases del proletariado “( Lenín, Id.)

“Para el comunista la moral reside por entero en la disciplina solidaria y coherente y en esa lucha consciente de las masas contra los explotadores “ ( Lenín. Las tareas de las Federaciones de la Juventud ).

“ Todas las guerras de la historia se divide en dos categorías: las guerras justas y las guerras injustas. Todas las guerras contra-revolucionarias son injustas. Todas las guerras revolucionarias son justas “ ( Mao Tse Tung. Oeuvres Choisis, T I,p.215 )).

“ una nueva problemática sociológica se nos ofrece si tenemos presente que, a veces intervienen en la política interior de los Estados potencias en que, en cierto modo, está desplazando el esquema de autoridad y pueblo. La lucha contra el Pontificado y la Edad Media adoptó, por lo regular, formas análogas a las de la guerra civil..El entredicho y la exención de la obediencia al príncipe crearon un derecho de resistencia religiosa y hasta una obligación de resistencia a los “ tiranos “, como la polémica de entonces llamaba a los príncipes partidarios del Emperador y a los obispos imperiales .En manera análoga, el moderno marxismo descalifica a las autoridades en los modernos Estados capitalistas, aunque desde un punto de vista totalmente distinto .Para él, todos los Estados no marxistas y sus sistemas jurídicos sus sistemas jurídicos son órganos de explotación del proletariado por la clase dominante. Esta sola formulación garantiza un derecho de la resistencia de la mayor envergadura, como lo es el derecho y el deber de la revolución” ( Werner Schöllger. Problemas morales de nuestro tiempo ,Herder 1962,p. 250 sig. )

CONCLUSIÓN.

Es evidente que para el marxismo la guerra revolucionaria permanente para la conquista del mundo es, no sólo lícita, sino obligatoria, sin más límites que los fijados por las conveniencias tácticas.

En el plano Internacional , el marxista y el militante revolucionario no puede renunciar a suplantarla por el régimen socialista y la dictadura proletaria.

Veamos el punto de vista católico en relación con la situación concreta de nuestro país:

( Continuaremos b, Licitud de la guerra revolucionaria en cuanto a guerra internacional.”. El Director.)

ABORTO DISCAPACITADA MAT ENVIADO POR E SOTO

TODOS SABEMOS QUE FUE UN CRIMEN

Finalmente le practicaron el aborto a la chica discapacitada de Paraná. Se escucharon eufemismos tales como “interrupción del embarazo”, mentiras tales como “aborto terapéutico” y errores groseros como “derecho a abortar”

EL BEBÉ QUE ABORTARON TENÍA 5 MESES DE GESTACIÓN

Ya tenía pelo, cejas y pestañas, también los rasgos faciales. Se podía oir el latido del corazón posando el oído en la panza de la madre. Se movía con mucha frecuencia y fuerza. Pesaba 264g y medía 20cm. El bebé podía escuchar.
Podía reconocer una música, el latir de tu corazón o la respiración de la madre.
Sus pulmones y el tubo digestivo estaban madurando. Su cerebro ya contaba con 30.000 millones de neuronas y estaba desarrollando especialmente áreas destinadas a los sentidos del gusto, el olfato, la audición, la visión y el tacto.

Qué razones se le puede ofrecer a la sin razón?

Ninguna. Porque no está dispuesta a escuchar.

Vale la pena entonces escribir una nota argumen

tando en favor de la vida ante el crimen cometido a

un bebé de 5 meses?

Sí, porque a la vida hay que defenderla siempre

y en todo momento. Las muertes son muertes

siempre. Las provocadas en la dictadura, tanto del lado

de los militares como del de los guerrilleros.

Las que provoca el hambre, que se pueden evitar,

o las enfermedades en nuestros hermanos abandonados

en la marginalidad de una sociedad egoísta y un estado

soberbio y tan avaro como el Tío Rico del Pato Donald.

Y los crímenes son crímenes siempre.

El aborto es un crimen. Y en este caso hay argumentos

biológicos, genéticos y legales Todos los médicos lo

saben. Pueden elaborar miles de argumentos para intentar

justificar un aborto. Pero saben que es un crimen.

Saben perfectamente lo que ocurre cuando se juntan 23

cromosomas femeninos con 23 cromosomas masculinos.

Ya se los dijo el padre de la genética moderna

Jerome Lejeune: estamos ante la presencia de un nuevo

ser humano. Y el hecho que sea producto de un acto

tan aberrante, perverso y hasta morboso como una

violación, y mas a una discapacitada, no anula la

existencia de la vida.

Por lo tanto, estamos ante un crimen.

El ministro de salud de la nación sabe esto.

Sin embargo solo habla desde la ley.

Y el ministro de salud de la provincia, que a lo mejor está

muy mal asesorado pero tampoco se esmeró en escuchar otras voces porque es mejor seguir la línea que baja su jefe a nivel nacional. A esa manera de actuar se la denominó “obediencia debida”. Sin embargo, los crímenes nunca dejaron de ser crímenes. Y la responsabilidad ante la vida o la muerte no se diluye en la cadena de mandos.

Los ministros invocan la ley. Se olvidan de la ciencia biológica y genética. O mejor dicho, la ignoran. Y son los mismos –Ginés Gonzalez García y Gustavo Bordet- que lanzaron el PLAN NACER (sic) en nuestra provincia cuyo “objetivo es la reducción de muertes evitables”. O como dijo Jorge Busti –cuya esposa también se manifestó a favor del aborto- “este plan se sumará a las políticas de estado de protección de las madres embarazadas y de los niños ... No se entiende nada. Porque, son los mismos que dispusieron toda la infraestructura y ejercieron presiones para que se practicara el aborto. Lo dijo Bordet: “tenemos todo dispuesto para trasladarla fuera de la provincia”.

Hay un dictamen de Zafaroni / Haigton de Nolasco donde reconocen la vida de un ser humano que, estando en el vientre de su madre, no pudo nacer porque ésta fue asesinada. Argumentaron a favor de la existencia de un ser humano en el vientre materno para que una pariente pudiera cobrar una indemnización doble.

Sin embargo en el caso del entrerrianito asesinado con supuesta cobertura legal la vida humana no cuenta. No hay militantes a quienes indemnizar.

Los ministros (Gines y Bordet) invocan la ley. Un artículo (86, inc. 2) del C.P que no está en vigencia. Los abogados lo saben. Como también saben que el objetivo de este artículo del año 1922 era evitar el nacimiento de chicos con malformaciones. Cualquier relación con el nazismo para el mejoramiento de la raza, no es casualidad. Está claramente expresado en una regla introducida por la Comisión de Códigos de la Cámara de senadores que acompañó a la promulgación del apartado segundo de dicho artículo, al definir el aborto eugenésico dice que es el “…practicado, con intervención facultativa, a los fines de perfeccionamiento de la raza. Y es precisamente en ese inciso, sobre el que se ha hecho hincapié para que se haga lugar a la concreción del aborto

Los abogados también saben que existe el principio de jerarquía de las normas. Los ministros hacen referencia al Código Penal. Por encima están la Constitución Nacional y los tratados internacionales a los que ha adherido nuestro país y que defienden la vida y en algunos casos explícitamente desde el momento de su concepción.

Una vez mas, nuestro ministro provincial está mal asesorado (¿?). Esto es grave porque el aborto es un crimen. Y nuestro ministro provincial está a favor de la despenalización del aborto. Además dijo que el aborto “es la principal causa de muerte materna”. Una vez mas se equivoca. Está mal asesorado (¿?). Según datos de la Dirección de Estadísticas e Información de Salud del Ministerio de Salud, durante el año 2005 se produjeron en Argentina 279 muertes maternas. De esas muertes, según el mismo informe, solo 79 están relacionadas con el aborto espontáneo o provocado.

Los ministros de salud –nacional y provincial- difunden cifras con tanta ligereza que caen en la falsedad. Así lo expresó el Fiscal Federal Aldo Ferrer, refiriéndose a las cifras de abortos difundidas por Gines Gonzales: “aún siendo sumamente falsa en su cantidad, la cifra de abortos manifestada por el Ministro, dicha falsedad no constituye una acción penalmente reprochable...”

La propia justicia nos dice que el Ministro mintió groseramente.

Los Ministros invocan la ley para defender la práctica del aborto pero no respetan la ley.

El STJ emitió su sentencia diciendo que no era necesario que la justicia se expidiese para la práctica del aborto. No dijo que lo autorizaba. De todos modos, la ley determina que se debían esperar 10 días para que esa sentencia quedase firme ya que era susceptible de Recurso Extraordinario ante la Corte Suprema de Justica de la Nación . El padre de la chica embarazada, en uso de la patria potestad, presentó por escrito al hospital San Roque su desacuerdo para que no se practicara el aborto a su hija. En medio de la oscuridad de la noche fue literalmente secuestrada y enviada a una clínica de Mar del Plata. “Tenemos todo preparado”, había dicho Bordet. En la otrora “ciudad felíz” , el bebé de 5 meses no encontró a nadie que lo defendiera de los ministros, la diputada Grimalt, el Inadi, y el periodismo pseudo progre y encontró la muerte en las siniestras manos de alguien que en ese momento representaba a tantos nerones con el pulgar hacia abajo.

Hubo gente que quiso adoptar el niño. Se lo negaron.

La Asociación Portal de Belén (Scala) ofreció previa orden de la jueza y consentimiento de la tutora recibir en su hogar de Córdoba a la madre discapacitada y cuidarla hasta el parto y entregar el niño en adopción. Se lo negaron

Y lo condenaron a muerte.

Quienes defienden el aborto dicen que los impedimentos y las demoras en la práctica son culpa de la iglesia. Y en verdad, salvo alguna declaración aislada, no se escuchan voces firmes contínuas y verdaderamente militantes en las homilías o en los medios por parte de la iglesia. Por supuesto que siempre hay excepciones que confirman la regla. Hace pocas horas “El Secretariado para la Familia de la Conferencia Episcopal Argentina hizo público esta tarde un comunicado en el que se afirma que los jueces del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos han incurrido en el delito de prevaricato al dar vía libre al aborto de la joven de esa provincia perpetrado el 24 de septiembre en un hospital de Mar del Plata” (NOTIVIDA, Año VII, nº 471, 26 de septiembre de 2007. Hubiera sido mejor no tener que haber emitido nunca este comunicado por una acción mas decidida, valiente y oportuna.

Pero para que el aborto sea un crimen no es necesario que lo diga la iglesia.

Nos hablaron de “derecho al aborto”. No existe tal cosa. Los abogados lo saben. Una cosa es la no punibilidad para ciertas situaciones en las cuales no está el presente caso y otra cosa es el derecho. Que no es punible significa que se suspende la pena. Pero el aborto está tipificado como un delito. Los abogados también saben eso. Lo peor del caso es que no dicen nada. Salvo, como siembre, honrosas excepciones. Los jueces se mueven entre la funcionalidad al poder y el temor.

Los ciudadanos que vayan a votar deben recordar estas cosas. Porque estarán dándole mas poder a un gobierno que promueve el aborto, que está altamente sospechado de corrupción, que no explica dichas sospechas, que dice que trajo el dinero que el presidente siendo gobernador de su provincia sacó fuera del país y hasta ahora no lo ha hecho, que niega la realidad de la inflación de bolsillo, que participó activamente del menemismo al que dice condenar, que nos miente groseramente con las cifras del indec después de haber intervenido el organismo(hace pocas horas un nuevo papelón en Mendoza relacionado con el indec) , que aún nos debe la explicación de la bolsa de dinero de Micheli, el caso Skanska, los ochocientos mil dólares de Venezuela y tantas otras cosas mas. Habría una larga lista de etc.

La sociedad deberá tener en cuenta estas cosas a la hora de votar. A no ser que quiera profundizar el cambio. Ahora ya sabe de que se trata.