La jueza Silvina Darmandrail, entendió que la situación de la chica "configura un estado de necesidad", por lo que autorizó un "aborto terapéutico".
La menor tiene un embarazo de diez semanas de gestación, por lo que la magistrada le permitió interrumpir la gestación al evaluar los "serios trastornos psíquicos" que estaba atravesando y que ponían además su vida en juego.
En su resolución, la jueza Silvina Darmandrail remarcó la necesidad de que la Justicia se adapte "a los tiempos biológicos de la gestación" para acelerar las decisiones, ya que, según consideró, su fallo será apelado. "El caso impone una adaptación a los tiempos vitales y las exigencias de la lex artis para llevar adelante la práctica para la cual se solicita autorización", argumentó la jueza, al dar a conocer la resolución. La menor, de 14 años, es hija del primer matrimonio de su madre, quien luego fue a vivir con su nuevo concubino, con quien tiene dos hijas más, de 3 y 4 años.
Según trascendió, el autor del abuso sexual se encuentra en libertad a pesar de la trascendencia pública del caso. La jueza explicó que el aborto terapéutico fue decidido por la existencia de "un peligro para la vida o la salud de la madre". En ese sentido, detalló que se basó específicamente sobre la integridad "mental" de la adolescente, que ahora está "muy deprimida" por la situación. Además, Darmandrail reconoció que el padrastro y acusado de violar a la chica "no está detenido", sino que sólo tiene que cumplir con una "prohibición de acercamiento" a la víctima, que ella misma ordenó. "En el fallo, en el argumento central, se habla del peligro para la salud mental de la víctima" de continuar con el embarazo, ya que "la nena está mal psicológicamente. Sabemos que una criatura de 14 años puede llegar a tener problemas en su salud física, pero también una situación de este tipo le puede llevar la salud", concluyó. Apelan la autorización de aborto La asesora de menores de Mar del Plata, Silvia Fernández, apeló ayer el fallo de una jueza de menores que ordenó que se le realice un aborto a una adolescente de 14 años, presuntamente violada por su padrastro. La jueza de menores, Silvina Darmandrail, informó que Fernández, que representa al niño por nacer, "presentó una apelación al fallo".
Darmandrail señaló que todas las áreas de la Justicia que tienen injerencia en el caso están trabajando "con la mayor celeridad posible" para dar una resolución rápida a la cuestión, debido a que el embarazo lleva ya seis semanas y media.
La adolescente habría sido abusada por el concubino de su madre, quien lo echó de su casa luego de que su hija le comentó acerca de lo ocurrido.
El presunto violador, quien tiene dos hijas de 3 y 4 años con la madre de la adolescente, está en libertad aunque con restricción de acercarse a la vivienda.
Darmandrail aclaró que no pretende instalar un debate sobre el aborto, sino que simplemente resolvió este caso autorizando el aborto al considerar que el embarazo implica un peligro físico y psicológico grave para la adolescente.
"La nena está tan mal que ya no quiere hablar más del caso", lo que dificultaría también la investigación penal porque, dijo "quizás para el fiscal es importante lo que esta menor diga".
En su resolución, Darmandrail indicó que el aborto debe realizarse en el Hospital Materno Infantil de esta ciudad, aunque ahora la Cámara de Apelaciones deberá resolver el recurso planteado contra la resolución por parte de la asesora de menores que representa al bebé por nacer.
Darmandrail aclaró que tanto "la asesora que representa a las personas por nacer, la asesora que representa a la menor y la Cámara de Apelaciones hemos trabajado con la premura y la celeridad que el caso requiere para que se llegue a una resolución, ya sea por el sí o por el no".
La magistrada aclaró también que en varias charlas que mantuvieron ella y la psicóloga con la menor se le planteó la posibilidad de continuar con el embarazo y dar al bebé en adopción.
Sin embargo "la sola idea de continuar con el embarazo, le provoca (a la adolescente) un daño mayor. Está pidiendo la solución ahora, ya", dijo.
La adolescente estudia, pero desde que supo que está embarazada dejó de ir a la escuela y permanece prácticamente recluida en su casa, agregó la jueza.
En tanto, el padrastro es investigado por "abuso sexual gravemente ultrajante con acceso carnal". El derecho a la vida como objeto de la Justicia “Por su condición de criatura creada a imagen y semejanza de Dios, el hombre en cambio, sujeto de derechos, sí debe ser protegido legalmente cuando, como en el aborto, se encuentra convertido en mero “objeto” caprichoso de otro “sujeto” de derechos”, sostuvo el Padre Ricardo Bautista Mazza en un artículo publicado por el portal Politica y Desarrollo relacionado con la autorización del fallo de Mar del Plata para practicar un aborto.
-El derecho como objeto de la justicia
Santo Tomás de Aquino en el tratado referido a la virtud de la Justicia (Suma Teológica II-II qq. 57 a 79), tiene como principal fuente al mismo Aristóteles.
Al tener en cuenta la doctrina jurídica, su inspiración la constituye el libro V de la Etica, que el filósofo griego dedica íntegro al estudio de la justicia e injusticia, del derecho y la injuria con sus especies y divisiones.
Pero como el Aquinate pretende hacer una exposición teológica de esta virtud, es natural que haga referencias precisas a la Sagrada Escritura y a los Santos Padres que lo precedieron.
Comienza refiriéndose al Derecho como objeto de la Justicia (q.57) ya que éste es el principio especificativo que determina la estructura y el conocimiento de las realidades morales.
Y ¿qué es el derecho, o el ius? Es lo debido. ¿Lo debido a quién? A la persona humana, que es sujeto único del derecho. De allí que la justicia no enfrenta y relaciona sino sujetos de derechos y deberes.
¿Y qué es lo debido? Aquello que le pertenece al hombre por su condición de hijo de Dios. El derecho al trabajo, a la vivienda digna, a la libertad religiosa, a desplegar sus cualidades personales, a ser socorrido por la sociedad y el estado en aquello que no puede valerse por sí mismo, como la educación, la protección de la salud, la seguridad que resguarde su persona y sus bienes. etc.
Obviamente que el primer derecho que tiene el hombre es a la vida. De allí que se le debe respetar ésta, como a su vez reconocer que se adquiere el deber correlativo de respetar la de otros.
Si no se respeta este primer derecho, el de existir, los demás carecen de fundamento firme.
Por eso la violación de otros derechos es posible,- como sucede en la actualidad-, porque ya se menospreció el primero de todos , el de la vida.
Si no respeto la vida por nacer, ¿podrá importarme la vida del ya nacido, cuando ya lo transformé en objeto al eliminar su fundamento primero?
¿Y por qué la persona humana entre las criaturas visibles es sujeto de derecho, y por lo tanto la única a la que se le reconoce que “algo” le es debido?
Porque ha sido creada a imagen y semejanza de Dios, su Creador, y por lo tanto dotada de inteligencia y voluntad libre.
De allí que resulte una aberración a todas luces hablar de los “derechos de los animales”, ya que ellos son “vestigios” de Dios, pero no seres inteligentes, ni poseen voluntad libre, y por eso sólo sometidos a las leyes instintivas con las que los dotó el Creador, pero no “sujetos” de derechos, y por lo tanto no pueden ser puestos en igual condición que el hombre mismo.
Y el despropósito continúa si se quiere dotar a los animales de amparos legales que los equipare y a veces supere al hombre mismo, como cuando se protege una especie y al mismo tiempo se autoriza el crimen del aborto del niño, “sujeto” de derechos por su misma naturaleza creatural.
Otra cosa es legislar –y esto sí es lícito- para impedir que una especie se extinga, ya que allí se reconoce abiertamente que por estar al servicio del hombre, se la debe proteger para que pueda servir mejor al hombre mismo. (Por ejemplo cuando se limita la pesca del sábalo para que éste no perezca y pueda en el futuro servir mejor como alimento del hombre).
2.- El hombre sujeto de derechos y la violación de los mismos
Por su condición de criatura creada a imagen y semejanza de Dios, el hombre en cambio, sujeto de derechos, sí debe ser protegido legalmente cuando, como en el aborto, se encuentra convertido en mero “objeto” caprichoso de otro “sujeto” de derechos.
Así, desprotegido el hombre de su primer derecho que es la vida, se abre la puerta para que todo hombre sea concebido como “objeto” tiranizado por el capricho del más fuerte, sea persona o estado, concluyendo en el genocidio nazi, en la eutanasia, en el uso del hombre por el hombre, en la manipulación genética. Se permite, en fin, la aparición permanente de nuevos caínes.
Surgen de esto nuevas preguntas: ¿cómo es posible que determinados jueces permitan la eliminación de un inocente? ¿Cómo es posible que se hable del derecho de la mujer a disponer de su cuerpo?
Los jueces, como ya ocurrió en Argentina, al aplicar la pena de muerte sobre dos niños no nacidos invocan el cumplimiento de la ley.
¿De qué Ley? Se trata de la Ley positiva creada por los hombres, con olvido y desprecio de una ley superior divina que enseña: “No matarás al inocente”.
Con el desvío de este proceder siniestro, verdadera obediencia debida a lo moralmente injusto, no sólo se desprecia al fundamento de todo derecho humano que es Dios, sino que también se cae en el desprecio del niño que crece en el vientre de su madre a quién no se le reconoce que es “sujeto” de derechos como toda persona humana.
En efecto, como decíamos anteriormente: la justicia no enfrenta y relaciona sino sujetos de derechos y deberes.
O sea que a los jueces llamados a decidir sobre el aborto, se les pide que apliquen justicia, es decir , que diriman una situación en que “supuestamente” están enfrentados dos sujetos de derechos y deberes, la madre embarazada y el niño por nacer.
Al decidir el crimen del niño, a quien reconocen como “sujeto” de derechos,” ponen a éste como “violando” el derecho de “otro” sujeto de derechos, la madre, y cometen ellos una flagrante injusticia al prescindir del derecho del no nacido.
¿Cómo se deduce que reconocen al niño como “sujeto” de derechos? Justamente porque intervienen en la artificiosa controversia.
En efecto, ningún juez –salvo que estuviera chiflado- pensaría en la existencia de conflicto, por ejemplo, entre una persona que quiere comer una gallina, y la gallina “que no quiere” ser comida.
Al permitir el aborto se presenta a la sociedad una solución que es mirada como modélica y digna de ser imitada, incursionando así en la legitimación de la destrucción del inocente.
Los médicos que se dedican a este crimen, amparándose también en la permisión de una legislación inicua ¿cómo pueden destrozar los cráneos de los no nacidos y estar tranquilos? ¿Cómo pueden inducir un parto y dejar tirado al recién nacido hasta que muera?
Y quiénes hablan del derecho de la mujer sobre su cuerpo, ¿han pensado que no tienen potestad sobre quién debe ser protegido dada su fragilidad, pero revestido de dignidad como persona humana?
3.- Consecuencias de este obrar anti-humano.
Los defensores del aborto, en fin, ¿han pensado en aquella afirmación primerísima de la ley natural por todos conocida de “no hacer a los demás lo que no quisieran que se les haga a Uds”?. Dicho de otro modo, si pudiéramos volver al seno materno que nos engendró y permitió vivir, ¿cómo sentiríamos al percibir que se está planificando nuestra eliminación?
¿Quién habla y se preocupa de las mujeres que padecen el síndrome post-aborto?
¡Es tan doloroso el cuadro que se presenta a menudo en éste campo que sólo la dulzura del Señor puede curar heridas tan profundas!
En rigor, los propulsores del aborto, ya sean legisladores, funcionarios, médicos, magistrados, y los mercaderes del negocio de la muerte, terminan destruyendo a quienes proclaman querer ayudar, abandonándolas a su suerte.
Para quienes arrastran a tantas mujeres a la muerte de los no nacidos, parafraseando las palabras del Evangelio (Mateo 25) es posible pensar que oirán en el día del juicio las palabras del Señor “porque tuve vida en el seno de mi madre y me la quitaste”..., ¿cuándo hicimos eso Señor?, se podrá argüir, y la respuesta será “cuando lo hiciste con los más pequeños, a mí me lo hicisteis”.
No es alocado pensar que la aparición de estos “modernosos” nuevos derechos, postulados del relativismo moral engendrador de las “nuevas” verdades, por la lógica de su perversidad, penden como espada de Damocles sobre sus mismos autores, ya que al reducirse todo a la subjetividad del hombre, se abre la puerta para que se vuelvan contra sí mismos.
¿Qué podría impedir, por ejemplo, que un hijo matara a sus padres porque ellos se han constituido en opresores sicológicos suyos al impedirle vivir con total libertad según sus caprichos?
¿Quién podrá disuadir a los hacedores de tanta violencia, si se vive como dogma moderno la legitimidad de la muerte de los inocentes?
4. Al encuentro de Jesús y su Madre como “sanadores” de las almas confundidas.
¡Quiera Cristo Señor de la vida y de la historia conmover tantos corazones endurecidos por el odio a la vida, para que convertidos se constituyan en defensores de la vida humana desde la concepción hasta la muerte natural, primando así la vigencia de una auténtica paz humana en la que los verdaderos bienes del hombre sean protegidos!
¡Que María la Madre del Amor Hermoso Reine en el corazón de quienes se sienten tentados a recurrir a la antivida y puedan gustar la delicia de la maternidad!
Cngo Ricardo B. Mazza. Prof. Titular de Teología Moral en la UCSF. Director del Centro de Estudios Políticos y Sociales San Tomás Moro. Asesor del Movimiento Encuentro de Matrimonios. Cura Párroco de Ntra. Sra. de Lourdes.
Fuentes: NA www.diario7.com.ar y PyD |