De S.S. LEÓN XIII.
( Continuación :3ra parte. )
LA GRACIA.
[10]. A esta regla de nuestros actos que nos frenan para pecar. Dios ha querido añadir cierta singulares ayudas que son sumamente aptas para robustecer y regir nuestra voluntad, Entre las cuales sobresale la virtud de la divina gracia , la cual, iluminando nuestra inteligencia e inclinando nuestra voluntad hacia el bien moral , manteniéndola firme y constante , nos facilita y nos hace más seguro el uso de la libertad. Pero dista mucho de la verdad, el afirmar que con la intervención de Dios, nuestros actos son menos voluntarios, porque la influencia de la gracia divina penetra en lo más íntimo del hombre y se armoniza con su propensión natural, dado que ella tiene su origen en aquél que es autor de nuestra alma y voluntad y mueve a todos los seres de una manera conforme a la naturaleza de cada uno.
Aun se puede decir que la gracia divina, como lo hace notar el Doctor Angélico , por lo mismo que emana del autor de la naturaleza, es maravillosamente y naturalmente apta para conservar todas las naturalezas individuales y conservar en cada una su carácter, su acción y su energía.
II.
DOCTRINA CATÓLICA ACERCA DE LA LIBERTAD MORAL DE LA SOCIEDAD.
[11]. Y cuanto hemos dicho acerca de la libertad en los individuos , también puede aplicarse a los hombres reunidos en sociedad civil ; por lo que hace en los individuos la razón y la ley natural, eso se verifica en los ciudadanos la ley humana , promulgada para el bien común de los mismos.
De estas leyes humanas, algunas se refieren a lo que es bueno o malo por naturaleza, ordenando practicar lo uno y evitar lo otro , incluyendo una sanción proporcionada. Pero tales mandamientos no tienen su principio en la sociedad humana, porque así como la sociedad no dio origen a la humana naturaleza así mismo tampoco es ella la que hace que el bien esté en armonía y el mal en desacuerdo con esa naturaleza ; sino que más bien todo esto es anterior a la misma sociedad humana , y debe absolutamente derivarse de la ley natural y consiguientemente de la ley eterna. De lo dicho se desprende que los preceptos de derecho natural , comprendidos en las leyes de los hombres , no solamente toman su valor de la ley humana , sino que suponen primeramente otra autoridad mucho más elevada y más augusta que se basa en la ley natural y en la misma ley eterna. En este género de leyes, la incumbencia del legislador civil se limita a obtener, por medio de una común disciplina, la obediencia de los ciudadanos, castigando a los perversos y corrompidos, con el fin de apartase del mal y atraerlos al bien, o por lo menos de impedirles el causar daño u ofensa a la sociedad.
Hay otras prescripciones de la ley civil las cuales no dimanan inmediatamente y próximamente del derecho natural, sino que son como consecuencia remotas o indirectas del mismo , y tienen por fin definir algunos puntos sobre los cuales la naturaleza no se ha pronunciado si no de una manera vaga e imprecisa. Así, por ejemplo , la naturaleza ordena a los ciudadanos contribuir con su trabajo a la tranquilidad y prosperidad públicas, pero en qué medida, en qué condiciones, en qué cosas ,eso corresponde determinarlo a la prudencia humana, y no a la naturaleza. Así, pues, estas reglas particulares de conducta, creadas por una razón prudente y ordenadas por un poder legítimo, constituyen las leyes humanas
Ellas ordenan a todos los ciudadanos a cooperar al fin de toda comunidad , y les prohiben apartarse de él ; y por el hecho de derivarse de los preceptos naturales y conforme con ellos, nos guían hacia hacia lo honesto y nos apartan de lo que no es.
A ) REGLA DE ESA LIBERTAD.
[12]. De aquí se deduce, que es la ley eterna de Dios donde hemos de buscar la norma y la ley de la libertad, no sólo para los individuos sino también para las sociedades humanas..
En efecto, en una sociedad de hombres, la libertad digna de este nombre no consiste en hacer cuanto nos agrada ; ello originaría en el Estado una confusión extrema que no produciría sino tumulto y opresión ; la libertad consiste en que, con la ayuda de las leyes civiles, podemos vivir más fácilmente según los preceptos de la ley eterna.
Y para los que gobiernan, la libertad no significa poder de mandar caprichosa y temerariamente ,lo cual sería un desorden y en gran manera perjudicial para el Estado, más las fuerzas de las leyes humanas consiste en que se las acepte como derivadas de la ley eterna y que ninguna de las prescripciones dejen de estar contenidas en ella , que es la fuente y principio de todo derecho.
Sabiamente dice San Agustín : “ Creo al mismo tiempo que comprendes que nada justo y legítimo se halla en aquella ( ley ) temporal, que no la hayan tomados los hombres de esta ( ley ) eterna.-De lib.arbitr, 1.I, c.4,nº 15-
Sí, pues, razón alguna autoridad ordenase algo que estuviese en pugna con los principios de la sería norma recta o fuese pernicioso para el Estado, no tendría ningún valor legal, pues ni de justicia , y apartaría a los hombres del fin para que fue instituída la sociedad .
Se ve, pues, que la libertad humana, según su naturaleza, ya se la considere en los individuos aislados o constituidos en sociedad, ya también en los gobernantes o en los súbditos , implica la Dios necesidad de someterse a una suprema y eternas razón, que no es más que la autoridad de Dios que unas veces ordena hacer algo y otras nos prohibe. Y esta justísima soberanía de Dios sobre los hombres tanto dista de anular, o limitar nuestra libertad, que más bien garantiza y perfecciona ; porque es una perfección en todo ser. El perseguir y lograr el fin , y el fin supremo a que debe aspirar la libertad humana no es otro que el mismo Dios.
B) LA IGLESIA DEFENSORA DE LA LIBERTAD.
[13].Aleccionada por los ejemplos y la doctrina de su divino Autor, la Iglesia la Iglesia ha siempre propagado y defendido estas sabias y excelsas enseñanzas, que la luz de la razón nos manifiesta. Siempre ha regulado según ellas su propia acción y nunca cesó de fomentarlas en las naciones cristianas. En lo tocante a las costumbres ; las leyes evangélicas no sólo aventajan sobradamente a toda la sabiduría pagana , sino que abiertamente proponen al hombre y lo llaman a una santidad desconocida por los antiguos, y acercándolo más a Dios , lo ponen en posesión de una más perfecta libertad.
También se ha hecho sentir en todo tiempo la gran influencia de la Iglesia en conservar y defender la libertad civil y política de los pueblos. No es aquí el lugar de enumerar sus esfuerzos en este sentido. Baste mencionar que la acción y solicitud de la Iglesia se debió principalmente la abolición de la esclavitud, que fue en la antigüedad una deshonra de las naciones paganas.
La igualdad ante la ley y la verdadera fraternidad entre los hombres fueron por vez primera predicadas por Cristo; y
Como un eco de la voz del Maestro, resonó la de los Apóstoles, sosteniendo que no hay ni judío, ni griego, ni bárbaro, ni escita, sino que todos somos hermanos en Cristo.
Y es tan grande y manifiesta la acción de la Iglesia a este respecto, que doquiera donde ha posado su planta, no han tardado en desaparecer las costumbres salvajes, tornándose la crueldad en mansedumbre, y la luz de verdad las tinieblas de la barbarie.. Y entre los mismos pueblos cultos y civilizados , no ha cesado nunca la Iglesia de esparcir sus beneficios, ya resistiendo a las arbitrariedades de los malvados, ya liberando a los inocentes y débiles de las injusticias, ya, en fin, procurando que florezcan en los Estados tales instituciones, que por su equidad merezcan al aplauso de los de adentro, y por su consistencia inspiren respeto a los de afuera.
C) LA IGLESIA PROPUGNADORA DE LA OBEDIENCIA.
[14] Constituye además un deber ineludible el respetar la autoridad y prestar obediencia a las leyes justas. Así, en virtud y por vigilancia a las leyes justas. Así, en virtud y por la vigilancia de las leyes, los ciudadanos quedan defendidos contra las ofensas de los malvados. La autoridad legítima proviene de Dios, y el que resiste la autoridad, resiste a la ordenación de Dios .De esta manera el obediente adquiere gran dignidad, puesto que sólo se inclina a la autoridad más justa y elevada.
Mas cuando no existe el derecho de mandar, o se manda algo contrario a la razón, a la ley eterna o al mandamiento divino, es lícito no obedecer a los hombres, para obedecer a Dios. Así cerrado el camino de la tiranía, no lo absorberá todo el Estado y quedarán a salvo los derechos de los ciudadanos ,de las familias y de todos los miembros de la sociedad ; y todos podrán participar de la verdadera libertad, que, como dijimos , consiste en que todos puedan vivir según las leyes y la recta razón.
( Continuaremos: III. FALSA DOCTRINA ACERCA DE LA LIBERTAD. – El Director.)