Los peticionantes, que se consideran presos políticos del actual sistema, reclaman la remoción de las autoridades superiores y médicas del penal de Marcos Paz, como así también el cumplimiento de los tratados internacionales y de la propia Constitución Nacional, en lo que hace a la garantía de los procesos, tiempos de detención y desentendimiento de la situación médica de los alojados, varios de los cuales han muerto en prisión al negarse su adecuada atención médica .
En momentos de entrar en máquinas la presente edición de TIEMPO MILITAR, familiares de detenidos por causas vinculadas con violaciones a los derechos humanos, alojados en el penal bonaerense de Marcos Paz, informaron sobre el inicio de una huelga de hambre que, en principio, incluye a buena parte de los reclusos menores de 70 años.
Un documento hecho público por los familiares fundamenta la extrema medida en los siguientes puntos:
«1. Violación al Estatuto de Roma (1998) en su aplicación retroactiva de los artículos, 11,22 ,24.
2. Violación a la Constitución Nacional, Tratados Internacionales y leyes del Código Penal.
3 Violación a las prisiones preventivas en tiempo y forma y a las prisiones domiciliarias por edad y/o enfermedad.
4. Violación de los alojamientos en Penales por acercamientos familiares o en unidades de las Fuerzas a las que pertenecemos.
5. Violación al Derecho Constitucional en el tema salud y Derechos Humanos sobre mismo tema».
En el mismo texto, se exige:
«1. Urgente tratamiento según las leyes, la Constitución Nacional y Derechos Humanos vigentes en las denuncias que formulamos.
2. La inmediata separación de sus cargos de los funcionarios públicos del Servicio Penitenciario Federal, Alcalde Jorge Goncalves, médico pediatra y director del Hospital del Penal de Marcos Paz, de la subdirectora del mismo nosocomio Dra. Laura Babenco, oculista y del Dr. Walter Sosa, médico clínico y responsable de la gestión de solicitar turnos y traslados a centros hospitalarios extra muros, pues han faltado a su «juramento hipocrático» y a los deberes de funcionarios públicos (art. 248 del C.N.P), denigrando a la Institución Servicio Penitenciario Federal a la que pertenecen como oficiales.cn su conducta fuera de la ética y responsabilidad profesional de los hombres y mujeres que forman el Servicio Penitenciario Federal».
Se puntualiza que «en los tribunales civiles y Penales de La Plata, Comodoro Py de Capital Federal, Morón , San Martín y Azul hay varios juicios abiertos contra estos profesionales médicos en perjuicio de la vida y salud de la totalidad de los internos de este Centro Penitenciario II muchos de los cuales han fallecido en situaciones dudosas o por abandono de persona».
Inmediatamente, en el petitorio, se requiere:
«1. La presencia de los Titulares de los Poderes legislativo y judicial arriba mencionados, los jueces que atienden nuestras causas en los tribunales de Bs.As, La Plata, Morón, Azul, San Martín, Neuquén y Córdoba, Rosario de quien no hemos recibido visita.
2. La presencia del Sr. Juez Federal de Turno de Morón y del Sr. Fiscal.
3. La presencia del Sr. Arzobispo de Mercedes- Luján.
4. La presencia de los médicos personales de los internos que lo soliciten.
5. La presencia de los medios radiales y T.V que lo soliciten como también la prensa escrita.
Un documento hecho público por los familiares fundamenta la extrema medida en los siguientes puntos:
«1. Violación al Estatuto de Roma (1998) en su aplicación retroactiva de los artículos, 11,22 ,24.
2. Violación a la Constitución Nacional, Tratados Internacionales y leyes del Código Penal.
3 Violación a las prisiones preventivas en tiempo y forma y a las prisiones domiciliarias por edad y/o enfermedad.
4. Violación de los alojamientos en Penales por acercamientos familiares o en unidades de las Fuerzas a las que pertenecemos.
5. Violación al Derecho Constitucional en el tema salud y Derechos Humanos sobre mismo tema».
En el mismo texto, se exige:
«1. Urgente tratamiento según las leyes, la Constitución Nacional y Derechos Humanos vigentes en las denuncias que formulamos.
2. La inmediata separación de sus cargos de los funcionarios públicos del Servicio Penitenciario Federal, Alcalde Jorge Goncalves, médico pediatra y director del Hospital del Penal de Marcos Paz, de la subdirectora del mismo nosocomio Dra. Laura Babenco, oculista y del Dr. Walter Sosa, médico clínico y responsable de la gestión de solicitar turnos y traslados a centros hospitalarios extra muros, pues han faltado a su «juramento hipocrático» y a los deberes de funcionarios públicos (art. 248 del C.N.P), denigrando a la Institución Servicio Penitenciario Federal a la que pertenecen como oficiales.cn su conducta fuera de la ética y responsabilidad profesional de los hombres y mujeres que forman el Servicio Penitenciario Federal».
Se puntualiza que «en los tribunales civiles y Penales de La Plata, Comodoro Py de Capital Federal, Morón , San Martín y Azul hay varios juicios abiertos contra estos profesionales médicos en perjuicio de la vida y salud de la totalidad de los internos de este Centro Penitenciario II muchos de los cuales han fallecido en situaciones dudosas o por abandono de persona».
Inmediatamente, en el petitorio, se requiere:
«1. La presencia de los Titulares de los Poderes legislativo y judicial arriba mencionados, los jueces que atienden nuestras causas en los tribunales de Bs.As, La Plata, Morón, Azul, San Martín, Neuquén y Córdoba, Rosario de quien no hemos recibido visita.
2. La presencia del Sr. Juez Federal de Turno de Morón y del Sr. Fiscal.
3. La presencia del Sr. Arzobispo de Mercedes- Luján.
4. La presencia de los médicos personales de los internos que lo soliciten.
5. La presencia de los medios radiales y T.V que lo soliciten como también la prensa escrita.
Fuente: tiempomilitar.com.ar