SOLICITA APARTAMIENTO POR PARCIALIDAD MANIFIESTA
Señor Director de la Oficina Anticorrupción
Dr. ABEL FLEITAS ORTIZ de ROZAS
S. / D.
(C.C. al Sr. Ministro de Justicia)
José María Sacheri, abogado, con domicilio en Lavalle 1438, piso 4, of. “O” y “N”, Capital Federal, al señor Fiscal de Control Administrativo, respetuosamente digo:
Que solicito se instrumenten las medidas necesarias a fin de que el Secretario de Derechos Humanos de la Nación, Dr. Eduardo Luis Duhalde, sea apartado de todo conocimiento, intervención o participación, de los asuntos en los que se investigare, tratare, debatiere, tramitare o resolviere alguna circunstancia vinculada con los ataques terroristas a la sociedad civil, como así también la confrontación entre estos grupos de izquierda revolucionaria y fuerzas de seguridad, militares y funcionarios del Estado, en general, que soportaron el terror en la década del ’70.
Fundo la petición indicada en la parcialidad y alto grado de compromiso del funcionario citado, con una de las partes en conflicto, circunstancia de la que puede inferirse -desde el punto de vista de cualquier observador razonable- que el ejercicio de la potestad del Estado está inducido por la falta de ecuanimidad, animosidad, el resentimiento y el deseo de venganza, antes que por el equilibrio que debe guiar los actos de cualquier servidor público, no importa si es juez o funcionario de la Administración.
La imparcialidad es la exigencia central de toda función pública; es la aptitud sin la cual resulta imposible la prosecución del bien común y la administración de la justicia distributiva. Sin la imparcialidad, el poder público se transforma en una fuente de actos parciales que sólo favorecen a sectores amigos o bien en una herramienta para dar satisfacción a deseos de venganza y exterminio del enemigo, como también de enriquecimiento personal. El penúltimo supuesto es, precisamente, el que afecta al funcionario cuya excusación se demanda o, en su caso, se reclama se le ordene se abstenga de intervenir en las materias citadas.
Por tal motivo, el Código de Conducta para Funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional (Decreto 41/99), prescribe en su artículo 41, al regular el conflicto de intereses:
ARTICULO 41.-CONFLICTO DE INTERESES. A fin de preservar la independencia de criterio y el principio de equidad, el funcionario público no puede mantener relaciones ni aceptar situaciones en cuyo contexto sus intereses personales, laborales, económicos o financieros pudieran estar en conflicto con el cumplimiento de los deberes y funciones a su cargo. (El destacado me pertenece).
Los intereses que pueden estar en conflicto con el cumplimiento de los deberes del código no tienen que tener, necesariamente, naturaleza económica; de lo contrario, resultaría sobreabundante la distinción que hace el artículo citado entre intereses personales, laborales, económicos y financieros. Resulta suficiente, a fin de incurrir en la prohibición, con la existencia de un interés que pueda poner en riesgo la imparcialidad del funcionario o aun la imagen de imparcialidad del funcionario; ya que la imagen que debe ofrecer un servidor público a la comunidad no pertenece al fuero íntimo del individuo, sino que integra el acervo republicano. Esto es una regla de oro, no sólo para la Argentina, sino para todos los códigos de ética gubernamental o empresarial, en cualquier parte del mundo.
En el caso de nuestra legislación, el código sitúa claramente el artículo sobre conflicto de intereses de manera subordinada al deber de imparcialidad.
Del deber de imparcialidad se sigue también, como una obligación específicamente regulada por el mismo código, la igualdad de trato:
“ARTICULO 25.-IGUALDAD DE TRATO. El funcionario público no debe realizar actos discriminatorios en su relación con el público o con los demás agentes de la Administración. Debe otorgar a todas las personas igualdad de trato en igualdad de situaciones. Se entiende que existe igualdad de situaciones cuando no median diferencias que, de acuerdo con las normas vigentes, deben considerarse para establecer una prelación. Este principio se aplica también a las relaciones que el funcionario mantenga con sus subordinados.” (el destacado es mío)
Por otro lado, y ya no sólo en orden a la imparcialidad, sino también a fin de evitar una utilización indebida de una potestad pública, el Código de Conducta también dispone:
“ARTICULO 26.-EJERCICIO ADECUADO DEL CARGO
…
Asimismo, con motivo o en ocasión del ejercicio de sus funciones, no debe adoptar represalia de ningún tipo o ejercer coacción alguna contra funcionarios u otras personas, que no emane del estricto ejercicio del cargo.” (El destacado me pertenece)
…
Igual que en el resto del articulado, importa en este supuesto no sólo la intención real del funcionario sino la imagen que pueda ofrecer a la comunidad, en vista de circunstancias objetivas que puedan inducir a cualquier observador razonable a la convicción de la existencia de un abuso del ejercicio de la autoridad.
En el contexto que da sustento a esta petición, el Dr. Eduardo Luis Duhalde estuvo estrechamente comprometido con las fuerzas terroristas, no ya sólo en calidad de abogado, sino con dichos y acciones que trascienden lo que puede constituir una mera defensa jurídica, como se explicará seguidamente.
1. Instigación y apología de actos terroristas
El Dr. Eduardo Luis Duhalde dirigió la revista “Militancia Peronista para la Liberación”, entre 1973 y 1974, en plena democracia; una publicación de tendencia revolucionaria, según reiteradas definiciones de la propia revista. Desde ese órgano, el actual secretario de Derechos Humanos aplaudía y estimulaba los actos llevados a cabo por organizaciones que imponían el terror para alcanzar el poder, como el Ejército Revolucionario del Pueblo, las Fuerzas Armadas Peronistas, las Fuerzas Armadas Revolucionarias, Montoneros, etc. Como ilustración, pueden observarse algunos de los tantos ejemplos disponibles:
a) “Caño traicionero”
En una edición en la que la revista Militancia se hace eco de las condolencias de la agrupación Montoneros por dos terroristas de la columna José Sabino Navarro, a quienes aparentemente les estalló una bomba en sus propias manos, la publicación dice:
“Quien sabe ya qué destinatario tendría ese caño traicionero que estalló en Barrio Las Flores, aquel caluroso 16 de diciembre… seguramente, algún milico, que en alguna de esas anda por ahí hablando de la ‘reconstrucción’ o algún burócrata traidor, hoy ocupado en la ‘depuración ideológica’…” [1]
b) “Ajusticiamiento”
En otra edición, se califica el asesinato del general Juan Carlos Sánchez, de “ajusticiamiento”, y se vierten calificativos negativos para la víctima, sin importarle nada la muerte de la florista Cucco de Ayala a la que asesinaron junto con la víctima que constituía su objetivo principal.[2]
c) Festejo de un secuestro y burla a la víctima
Bajo el título “El Año Nuevo de Mr. Samuelson”, Militancia festeja el secuestro del ejecutivo de una petrolera multinacional, por parte del Ejército Revolucionario del Pueblo, y se burla de la víctima. Tras denostar al señor Víctor Eduardo Samuelson, secuestrado por el ERP “y sometido a juicio”, según la revista del hoy Secretario de Derechos Humanos, el artículo aludido exclama irónicamente:
“Servidor eficiente de una de las más grandes empresas multinacionales, el mentado Mr. Samuelson no pudo festejar, como acostumbran los ejecutivos extranjeros, este ‘Happy New Year’…” [3]
Y a continuación, haciéndose eco y vehículo de las condiciones de los secuestradores, la revista informa que:
“…la exigencia para su libertad es que la empresa devuelva aunque sea una mínima parte de las fabulosas ganancias que obtiene explotando a los obreros argentinos…”
d) Incitación a eliminar a una clase
Si alguien supusiera que Militancia era un mero vehículo de las organizaciones guerrilleras, lo cual ya sería bastante, puede ver algunas editoriales que reflejan claramente la opinión personal de la dirección. Por ejemplo, la del 31 de enero de 1974, en la que se habla de la necesidad de “eliminar de estas tierras a la raza de oligarcas explotadores”.[4]
¿Qué tipo de eliminación propondría el Dr. Eduardo Luis Duahlde?
En vista de las notas que publicaba en el interior de su órgano y de los comunicados de ERP, FAR y Montoneros, no puede haber muchas dudas. Por si acaso, puede verse una editorial del 20 de diciembre de 1973, en la que la dirección de la revista sentencia que “sólo la guerra del pueblo salvará al pueblo”. [5]
e) “Justicia popular”
En otro número, bajo el título: “Los caminos de la justicia popular”, Militancia elogia un atentado terrorista cometido en 1921 y, a continuación, agrega:
“Pasaron cincuenta años. En el seno del pueblo no sólo se redujo progresivamente la paciencia frente a los traidores, sino que al mismo tiempo se acrecentó la experiencia en el ejercicio de las formas definitivas de la justicia popular”.[6](las negritas me pertenecen).
f) Guerra para la toma del poder
Las páginas de Militancia estaban cargadas de comunicados de organizaciones terroristas, como una de las Fuerzas Armada Peronistas (FAP), en la que se llama a la “guerra popular hacia la toma del poder”, en enero de 1974, es decir, bajo un gobierno democrático.[7]
g) “Amasijo a los traidores”
En las páginas de la revista del Secretario de Derechos Humanos, también pueden verse títulos tan humanos y civilizados como “Apoyo a los leales. Amasijo a los traidores”.[8]
h) Elogio de “Septiembre Negro”
No faltaron palabras de elogio para otras expresiones de terrorismo extranjero, como cuando se destacó, siempre en la revista Militancia, la ejemplaridad de las acciones de la organización terrorista islámica “Septiembre Negro”, una de las más sanguinarias de la época.[9]
Nunca podría esperarse, con la gestión del actual secretario de Derechos Humanos, la declaración del terrorismo como crimen de lesa humanidad.
2. Anticipo de asesinatos
En otras ocasiones, Militancia no festejaba ciertos asesinatos, como acostumbraba a hacerlo, sino que se anticipaba a ellos. No era poco frecuente que ciertas personas de notoriedad pública criticadas duramente por Militancia o situadas en una sección de la revista denominada “Cárcel del Pueblo” (igual que los terroristas llamaban a sus lugares de secuestro, tortura y asesinato), después fueran asesinadas. Así ocurrió con el ex ministro del Interior Arturo Mor Roig, con el padre Mujica y con el dirigente gremial José Ignacio Rucci.
En su editorial del 3 de enero de 1974, el señor Duhalde señala que:
“…los nombres de Mor Roig y Cáceres deben ser mencionados siempre juntos, porque junta es la objetiva responsabilidad de los mismos en los crímenes de los militantes populares…” [10]. Y cosas similares se dicen en el interior de la misma edición, con la foto del ministro asesinado tiempo después.
La ofensiva no se detuvo ni siquiera frente al padre Carlos Mujica, de reconocida inserción en las villas de emergencia y reconocimiento popular, ya que Militancia colocó a este sacerdote en su sección “Cárcel del Pueblo”[11] y lo criticó duramente en diversas oportunidades, por no ser tan revolucionario como al señor Duhalde le hubiera gustado.
A José Ignacio Rucci, Militancia le dedica todo tipo de notas difamatorias y hasta una tapa.[12] También resultó asesinado por Montoneros, a los tres días de triunfar -en pleno gobierno democrático- el General Perón, con una mayoría abrumadora de votos.
3. Participación dentro de organizaciones formadas por el ERP
En su libro de Memorias, el jefe terrorista Enrique Gorriarán Merlo cita a Eduardo Luis Duhalde como miembro activo de una organización formada por la estructura del ERP-PRT, que era el Instituto de Relaciones Internacionales[13]. El mismo autor nombra a Duhalde entre los “compañeros” que estuvieron, en 1986, en Managua, a fin de dar forma a lo que sería después el Movimiento Todos por la Patria, organización terrorista que, como se sabe, bajo la conducción del propio Gorriarán Merlo, organizó el ataque a La Tablada en 1989, en plena vigencia de un gobierno democrático.[14]
Además, debe tomarse en cuenta que en el mismo libro, Enrique Gorriarán Merlo asegura que “todos los miembros del PRT eran combatientes del ERP y podían participar e incluso dirigir actividades militares, si se lo decidía en determinadas circunstancias. Pero eso era válido para toda la militancia del PRT”.[15]
4. Derrota y nueva oportunidad (para la venganza)
En el libro “Todo o Nada”, de la periodista María Seoane, en la que la autora relata fundamentalmente la historia de Mario Roberto Santucho, jefe del ERP, no faltan referencias al Dr. Eduardo Luis Duhalde. La periodista entrevista al actual secretario de Derechos Humanos, quien relata el momento en el que los guerrilleros del ERP requirieron sus servicios como abogado, porque iban a comenzar una guerra.[16] Más adelante, cuando Duhalde se refiere a la muerte de Santucho, confiesa:
“Pensé que la derrota se había consumado” [17]
Es decir, que el actual secretario de Derechos Humanos no vivió meramente el pesar por la muerte de un cliente, sino que sintió como una derrota la desaparición del jefe del Ejército Revolucionario del Pueblo.
Hace unos días, al referirse a las causas judiciales que impulsa su Secretaría, y especialmente en relación a la investigación que busca impulsar con los hechos de Trelew, en los cuales Duhalde era abogado de varios de los detenidos, ha declarado que ellas constituyen “una segunda oportunidad”. Es evidente que el Secretario de Derechos Humanos sólo ve en esas causas una oportunidad[18] para revertir la derrota militar.
5. Actualidad de un grosera inequidad
La familia de Benito Jorge Urteaga hizo un reclamo fundado en la ley 24.411, ante la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, (Expte. 379.361/95) y el 2 de junio del 2000 se firmó la resolución por la que le fue concedida una indemnización de doscientos veinte mil dólares (U$S 220.000).
Sin embargo, al cumplirse los 30 años de esas dos muertes, el Secretario de Derechos Humanos, Dr. Eduardo Luis Duhalde, le denegó a la familia del Capitán Leonetti, la misma indemnización (expte. 126.673/00, Resolución N° 406 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del 16-3-06).
Benito Jorge Urteaga era el segundo jefe del grupo terrorista más sanguinario de la década del 70 y su familia recibió una indemnización, pese a que murió matando al Cap. Leonetti.
La familia del Cap. Leonetti no puede recibir esa misma indemnización porque el Estado Nacional se la deniega, pese a que murió cumpliendo con su deber y que fue el propio Estado quien lo llevó a la muerte, causada por los terroristas, que sí reciben la indemnización que se le niega a la familia Leonetti.
Como puede verse de los ejemplos citados y muchos otros que podrían traerse a esta presentación, el actual Secretario de Derechos Humanos, Dr. Eduardo Luis Duhalde, no puede tener el equilibrio de juicio y la imparcialidad suficiente para manejar una materia en la que su posición estaba tan claramente definida en favor de una de las partes de un conflicto armado, sangriento y lleno de odio; odio que la revista que dirigía el actual funcionario se encargaba de alimentar y aplaudir, con el fervor de la militancia que dio nombre a su publicación.
Por tanto, se requiere su urgente apartamiento de todas las causas que se vinculen con violaciones a los derechos humanos por parte de agentes del Estado, en la década del ’70.
Cuando se trata de la representación del Estado, el equilibrio no puede ser exigible únicamente para el juez, sino que, como lo indica el Código de Ética, el funcionario del Poder Ejecutivo está también obligado a la imparcialidad, porque no se le ha conferido la administración de una potestad pública para venganzas o decisiones personales, sino a fin de evaluar las circunstancias de su actuación con la objetividad a la que lo obliga la administración de la cosa común, es decir, de la res pública.
La Oficina Anticorrupción es competente, en este caso, por ser el órgano de interpretación y aplicación del Código de Conducta para Funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional.
Saludo al señor Fiscal de Control Administrativo atentamente
JOSÉ MARÍA SACHERIAbogado
Tº XXXVII Fº XIV
[1] Militancia, N° 27, pág.16 Ver copia
[2] Ver copia
[3] Militancia…, N° 30, pág.14
[4] Militancia…, N° 33. Ver copia.
[5] Militancia…, N° 28. Ver copia.
[6] Militancia… Ver copia, desde la cual se propone el fusilamiento del entonces comandante en jefe del Ejército
[7] Militancia… N° 34, pág. 48
[8] Militancia… Ver copia
[9] Militancia… N° 29. Ver copia
[10] Militancia… N° 30. Ver copia.
[11] Militancia. Ver copia
[12] Militancia. Ver copias.
[13] GORRIARÁN MERLO, Enrique. Memorias de Enrique Gorriarán Merlo – De los setenta a La Tablada; Buenos Aires, Planeta, 2003, pág.479
[14] GORRIARÁN MERLO, Enrique. Memorias…, pág.476
[15] GORRIARÁN MERLO, Enrique. Memorias…, pág.232
[16] SEOANE, María. Todo o nada – La historia secreta y pública de Mario Roberto Santucho, el jefe guerrillero de los años setenta; Buenos Aires, Editorial Sudamericana, 2003.
[17] SEOANE, María. Todo o nada…., pág.297
[18] Diario Página 12, 23 de agosto de 2006