lunes, agosto 07, 2006

[Red de Catequistas] ABORTO: UN DEBATE SESGADO

ABORTO: UN DEBATE SESGADO

El debate sobre el aborto no debe ser politizado. La cuestión del aborto ha pasado a ser el eje de un debate que está desembocando en una confusión conceptual gravísima. Prueba de ello es el insólito pedido de juicio político contra la jueza de primera instancia Inés Siro, planteado por dos diputadas nacionales kirchneristas ante el Consejo de la Magistratura de la provincia de Buenos Aires.

LA NACIÓN - Domingo 6 de Agosto de 1006

Se le reprocha a la magistrada el haber intervenido de oficio en el caso de la joven discapacitada mental que quedó embarazada como consecuencia de una violación. Lo increíble es que esa intervención permitió que se salvara una vida humana: la del hijo que está en el vientre de esa madre.

La conducta de la jueza debería ser exaltada, en todo caso, como un ejemplo; sin embargo, en virtud de esa conducta se pretende destituirla. Los argentinos tenemos por momentos la sensación de que estamos habitando el "reino del revés" del que nos habló, en una canción memorable, María Elena Walsh.

Repasemos los hechos con la mayor objetividad posible. Como se sabe, el Código Penal argentino penaliza el aborto. No obstante, en el artículo 48 de ese mismo código se establece que cuando una mujer afectada por una debilidad mental queda embarazada como consecuencia de una violación, el aborto que eventualmente se realice para interrumpir ese embarazo no será punible. Ahora bien, desde la reforma de la Constitución de 1994, los tratados internacionales tienen rango constitucional, esto quiere decir que están por encima de las leyes.

Por lo tanto, en la actualidad no es pacífica la doctrina acerca de la aplicabilidad del mencionado artículo. Según algunas opiniones, esa norma penal ha perdido validez, pues en varios tratados internacionales se consagra el principio universal que asegura la protección de la vida humana "desde la concepción". Admitamos que la cuestión es, en suma, opinable.

En el caso que comentamos, la jueza de primera instancia consideró que no se debía autorizar una intervención abortiva y su criterio fue convalidado -en fallo unánime- por la Cámara de Apelaciones. La Suprema Corte provincial, al intervenir en tercera instancia, modificó ese criterio y -en un fallo dividido- autorizó a realizar el aborto. A pesar de esa decisión del tribunal supremo, los médicos del hospital San Martín de la ciudad de La Plata, después de deliberar durante cinco horas, se negaron a realizar la operación abortiva, pues consideraron que el embarazo estaba ya demasiado avanzado y era prácticamente imposible interrumpirlo artificialmente.

Reviste interés el criterio expuesto en el voto de uno de los miembros de la Corte provincial que discreparon con el fallo de la mayoría del tribunal y votaron en disidencia. Ese magistrado hizo notar que la disposición del artículo 48 es objetable por su espíritu discriminatorio, ya que autoriza a interrumpir una vida en gestación cuando la persona futura está en el vientre de una mujer con discapacidad y otorga plena protección al feto, en cambio, cuando está en el vientre de una mujer con capacidades normales.

Si el bien tutelado es en ambos casos la vida humana, no se entiende por qué se discrimina entre una vida y la otra. Se le reprocha a la jueza de primera instancia el haber originado la demora que hizo imposible la aplicación del aborto. Es decir, se invoca como argumento para remover a la magistrada el hecho de que una norma del Código Penal -cuya vigencia, por otra parte, está cuestionada- haya quedado sin aplicación concreta. Se le imputa, por lo tanto, un problema abstracto y formal.

En cambio, se pasa por alto el hecho real, tangible, concreto, de que una vida humana pudo ser salvada. Lamentablemente, las discusiones sobre la cuestión del aborto se dirimen, a menudo, en función de preconceptos y consignas de carácter ideológico o político, y no con un auténtico respeto por los principios y por los bienes jurídicos que el Estado de Derecho debe, en cada caso, tutelar. Llama mucho la atención que, contemporáneamente, se ocupen tan poco de establecer fehacientemente quién ha sido el violador, porque allí está la persona que ha consumado un delito, y que debe ser juzgada y castigada.

El pedido de juicio político a la magistrada Inés Siro demuestra hasta qué punto se privilegian ciertos oportunismos políticos por encima de los valores humanos que están en juego cuando se polemiza sobre el aborto. Uno de esos valores fundamentales es, sin duda, la continuidad de una vida en gestación; el otro -no menos primordial- es el bienestar espiritual y físico de la madre que concibió el hijo.

La situación de esa madre debe ser considerada no sólo en función del respeto formal a las distintas normas legales en conflicto, sino también a la luz de un análisis atento y profundo de la concreta realidad humana que se plantea en cada caso. De ahí el papel decisivo que se le debe otorgar, en estos temas, al margen de la apreciación judicial.

Debe insistirse en la necesidad de evitar cualquier interferencia que tienda a politizar las cuestiones humanas, éticas y de bien público involucradas en el drama del aborto. Preservar el elevado ámbito de discusión en el que esas cuestiones deben dirimirse es un deber que compromete a la sociedad en su conjunto.

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"Porque sólo cuando se vea el rostro de Cristo y oiga su voz... se convertirá Internet en un espacio auténticamente humano, puesto que si no hay lugar para Cristo, tampoco hay lugar para el hombre... Que el Señor bendiga a todos los que trabajan con este propósito" (Juan Pablo II)